STSJ Comunidad de Madrid , 5 de Marzo de 1998

PonenteJOSE RAMON FERNANDEZ OTERO
Número de Recurso5841/1996
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 5 de Marzo de 1998
EmisorSala de lo Social

Reg Gral nº 5.841/96 -J- Sección Segunda.

Iltmo. Sr. D. José Ramón Fernández Otero.

Presidente.

Iltmo. Sr. D. Marcial Rodríguez Estevan.

Iltma. Sra. Dª Josefina Triguero Agudo.

En Madrid, a cinco de marzo de mil novecientos noventa y ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA Nº 196 En el Recurso de Suplicación número 5.841/96 Sección Segunda, interpuesto por Plácido y otros frente a la resolución dictada por el Juzgado de lo Social número 22 de Madrid, de fecha 29 de abril de 1.996 ha sido Ponente el/la Iltmo./a. Sr./a. D./ª José Ramón Fernández Otero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Estando el procedimiento en ejecución de las sentencias dictadas en autos acumulados solicitada por la representación de los actores frente a los Administradores de las condenadas DIRECCION000 ., DIRECCION001 , y DIRECCION002 ., en fecha 3 de julio de 1.995 se dictó providencia en la que se acordó proceder al embargo en las empresas reseñadas por la parte demandante.

SEGUNDO

Contra dicha providencia se interpuso recurso de reposición por las personas físicas salvo Dª Penélope que según los actores son Administradores de las referidas empresas o Herederos de alguna de ellas, siendo impugnado por loa actores.

TERCERO

En fecha 29 de abril de 1.996 por el Juzgado de instancia se dictó Auto resolviendo recurso de reposición en el que en su parte dispositiva reponía la providencia de fecha 3 de julio de 1.995, declarando la incompetencia del orden jurisdiccional social, y por ello de ese Juzgado para dirigir la ejecución contra las siguientes personas, remitiendo a los actores a la jurisdicción ordinaria para la declaración de responsabilidad que pretendían: Fernando , Claudio , Adolfo , Juan Manuel , Magdalena ;, heredera única, de T. Luis Pablo , Herederos de D. Carlos Ramón , Jose Carlos , Luis Pablo y Herederos do D. Rubén .

CUARTO

Contra dicho Auto se ha interpuesto recurso de suplicación por la Letrada Dª Pilar Gismera Catalinas, en nombre y representación de la parte demandante, siendo impugnado de contrario. Elevados los Autos a esta Sala, se dispuso el pase a Ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente al Auto de 29/4/96 declarativo do la incompetencia de la jurisdicción laboral para conocer ds la responsabilidad que se demanda contra los administradores de las entidades condenadas en la sentencia se alza, en suplicación la ejecutante articulando, dos motivos de recurso, en los que cuestiona la declaración de...

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