STSJ Comunidad de Madrid , 19 de Febrero de 1998
Ponente | MARIA DEL CARMEN GARCIA DE LEANIZ CAVALLE |
Número de Recurso | 4024/1997 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 19 de Febrero de 1998 |
Emisor | Sala de lo Social |
Reg. Gral. 4024/97-A Sección Sexta SENTENCIA NUMERO 222/98 Iltmo. Sr. D. Jesús Martínez Calleja Presidente Iltmo. Sr. D. Enrique Juanes Fraga Ilma. Sra. Dª. Carmen Garcia de Leaniz Cavalle En Madrid, a diecinueve de febrero de mil novecientos noventa y ocho.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicie de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres.
citados al margen y, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación número 4024/97, Sección Sexta, interpuesto por DON Gregorio frente a le sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n. 33 de los de Madrid, de fecha diecinueve de mayo de mil novecientos noventa y siete ha actuado como Ponente el Iltma. Sra. Dª. Carmen Garcia de Leaniz Cavalle
En el Juzgado de lo Social de referencia, con número de autos 251/97 tuvo entrada demanda suscrita por DON Gregorio contra MAITOURS, S.L. en reclamación sobre DESPIDO. Admitida la demanda a trámite y celebrado el Juicio, se dictó resolución con fecha diecinueve de mayo de mil novecientos noventa y siete, en los términos que figuran en el fallo de dicha resolución y que se dan íntegramente por reproducidos.
En dicha sentencia y como hechos probados se declaraban los siguientes:
1 - D. Gregorio ha prestado servicios para la empresa Maitours S.L. desde el 17-03-94 con cátegoria de aprendiz y percibiendo un salario de 158.515 pesetas mensuales con prorrata de pagas.
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- A tal fin las partes suscribieron contrato de aprendizaje con el objeto de aprender la profesión de conductor de servicio discrecional, contrato que se ha prorrogado hasta que el 01-03-97 se le comunica su cese con efectos del 16-03-97 por fin de contrato.
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- El demandante nacido el 29-03-71 posee carnet de conducir clase D expedido el 13-11-92.
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- La actividad del actor para la empresa ha consistido en conducir autobuses de transporte de viajeros.
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- Consta celebrado acto de conciliación ante el SMAC.
Contra la referida sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante representada por el Letrado D. Andrés Casquete de Lucas, habiendo sido impugnado por la demandada, representada por el Letrado D. Fernando Vizcaino de Sas. Y recibidas las actuaciones en esta Sala se dispuso el pase de las mismas a Ponente para su examen y resolución.
Frente a la sentencia de instancia desestimatoria de la demanda de despido se formaliza recurso de suplicación por el actor articulando un único motivo al amparo del apartado c) del articulo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , en el que se denuncia la infracción por la resolución recurrida de lo preceptuado en los articulos 6.4 del Código Civil y artículo 15.3 del Estatuto de los Trabajadores en relación con los ...
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STSJ Cataluña 1546/2016, 8 de Marzo de 2016
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