STSJ Comunidad de Madrid , 6 de Febrero de 1998

PonenteALFREDO MIGUEL VAZQUEZ RIVERA
Número de Recurso1013/1995
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 6 de Febrero de 1998
EmisorSala de lo Contencioso
  1. L. RECURSO. 1013/95 PONENTE. Sr. Alfredo Vázquez Rivera S E N T E N C I A Nº

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SÉPTIMA Iltmo. Sr. Presidente D. Alfredo Vázquez Rivera Iltmos. Sres. Magistrados Dna. Mercedes Moradas Blanco Dña. Camino Vázquez Castellanos D. Carlos Barrientos Lema En la Villa de Madrid a seis de febrero de mil novecientos noventa y ocho.

VISTO por esta Sección el recurso contencioso-administrativo n. 1013/95 promovido por D. Jon , contra Resolución de la Dirección General de la Policía de 27-2-95, por la que se acuerda declarar que la enfermedad que padece el citado no ha sido producida en Acto de servicio ni con ocasión del mismo.

Habiendo sido parte la Administración demandada defendida y representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso se reclamó el expediente a la Administración y siguiendo los trámites legales, se emplazó a la parte demandante para la formalización de la demanda, lo que verificó mediante escrito que obra en autos, en el que expuso los hechos y fundamentos de Derecho que estimó de aplicación y terminó suplicando que se dictara sentencia por la que se acuerde ser contrarios a Derecho la Resolución recurrida y se reconozca que las secuelas que determinan la incapacidad permanente para el servicio, son consecuencia del accidente sufrido el 2- 2-93 y por tanto, son lesiones en acto de servicio.

SEGUNDO

El Abogado del Estado, en representación de la Administración demandada, contestó a la demanda, oponiéndose a la misma conforme a los fundamentos que alegó, solicitando la confirmación de la resolución recurrida.

TERCERO

Terminada la tramitación, se señaló para votación y fallo la audiencia del día cinco del mes en curso en que ha tenido lugar.

Ha sido Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. Alfredo Vázquez Rivera, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO,- La cuestión de fondo del tema hoy sometido a la Sala en el presente procedimiento, se centra en determinar si la incapacidad permanente para el servicio tiene su consecuencia en las lesiones sufridas en un accidente "in itinere", ocurrido el 2-2-93 cuando el hoy impugnante, sobre las 8,00 h., cuando se dirigia a su domicilio particular, después de haber prestado servicio desde las 22 horas del día 1-2-93, en la confluencia de las calles Melchor Fernández Almagro, con la Calle Finisterre, fue golpeado por otro vehículo, por alcance, causándole lesiones en el cuello. Como consecuencia de dicho accidente, le fue diagnosticado un "esguince cervical", teniendo que serle instalado un "collarín ortopédico", y siendo baja para el servicio.

Como consecuencia de dichas lesiones, el 7-7-94, el Tribunal Médico, al pasar revisión, la Unidad de Valoración de Incapacidades, diagnosticó que se encontraba incapacitado totalmente para su profesión, reconociendo, ello no obstante, que presentaba antecedentes de esguince cervical derivado de accidente de trafico, ocurrido...

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