STSJ Comunidad de Madrid , 2 de Febrero de 1998

PonenteMARIA CONCEPCION MORALES VALLEZ
Número de Recurso2111/1997
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 2 de Febrero de 1998
EmisorSala de lo Social

Rec num. 2111/97 - SENTENCIA NUM. 119/98- CM Sección 3ª.- Sr. Fariñas Matoni.

Ilmo. Sr. D. Jose Luis Nombela Nombela PRESIDENTE Ilma. Sra. Dª. Milagros Calvo Ibarlucea Ilma. Sra. Dª Concepción Morales Vallez Madrid, 2 de febrero 1998 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres citados al margen y, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 2111/97 interpuesto por DON ESTEBAN HIDALGO SANJUAN, letrado, en representación de DOÑA Marí Luz contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 29 de Madrid, en su procedimiento núm 691/96, habiendo sido Ponente la ILMA. SRA. Dª Concepción Morales Vallez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por DOÑA Marí Luz sobre invalidez, siendo demandados el INSS y otro y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 19.12.96 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

PRIMERO

A la actora, cuyas demás circunstancias personales ya constan en autos y D. N. I. NUM000 , le fue reconocido en virtud de Sentencia del Juzgado de lo Social n° 16 de los de Madrid, confirmada por, la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 09.05.95 , que obra en autos y que damos expresamente por reproducidas, señalándose en la referida Sentencia que las lesiones padecidas por la actora eran las siguientes. Síndrome de meniere con hidrops laberíntico. Hipoacusia neurosensorial. cervicoartrosis con issuf vertebreobasilar.

SEGUNDO

La actora por agravación de sus lesiones solicita revisión de la Incapacidad Permanente Total que tiene concedida siendo la base reguladora, en su caso, la prestación que solicita el 100 de la base reguladora que ahora mismo tiene que, alcanza 150.398 ptas y la fecha de efectos dé 27.06.96.

La actora ha nacido el 07.06.38 y la profesión habitual de la misma es de Administrativa.

TERCERO

En la actualidad la actora refiere el siguiente cuadro residual: Hipoacusia neurosensorial más acusada en oído derecho: Vértigo laberíntica, que le produce las limitaciones orgánicas y funcionales de déficit auditivo y vértigos. El déficit auditivo del oído derecho a consecuencia de la hipoacusia que padece la actora desde la fecha de concesión de la incapacidad permanente, ha sufrido un aumento del 50 % al 80 u 85 %.

CUARTO

Por resolución del INSS de fecha 27.06.96, le fue denegada a la actora la solicitud de revisión de su situación de incapacidad permanente, al entenderse por...

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