STSJ Aragón , 28 de Enero de 1998

PonenteCARLOS BERMUDEZ RODRIGUEZ
Número de Recurso57/1997
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución28 de Enero de 1998
EmisorSala de lo Social

Rollo número 57/97 Sentencia número 64/98 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE D. BENJAMÍN BLASCO SEGURA MAGISTRADOS D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ En Zaragoza, a veintiocho de enero de mil novecientos noventa y ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen y, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación número 57/97 (Autos número 699/96), interpuesto por la parte demandante Dª. Flora , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n° seis de Zaragoza, de fecha trece de noviembre de mil novecientos noventa y seis , siendo demandado el Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre invalidez permanente total, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Flora , contra EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre INVALIDEZ PERMANENTE TOTAL, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social N° SEIS, de fecha trece de noviembre de mil novecientos noventa y seis siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que desestimando la demanda planteada por DOÑA Flora sobre invalidez Permanente Total para su profesión habitual de limpiadora absuelvo al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de los pedimentos formulados en su contra"

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes del tenor literal:

"PRIMERO.- La actora, DOÑA Flora , nacida el 5 de Marzo de 1.939 y afiliada al Régimen General de la Seguridad Social, tiene como profesión habitual la de limpiadora.

SEGUNDO

Dicha demandante, que padece de secuelas leves en muñeca izquierda por fractura producida en 1993, degeneración grasa del disco L5-S1, espondiolodiscartrosis en los niveles L3-14 y 14-L5 con estenosis de canal, patrón osteoporoso en ambas manos y muñecas, úlcera duodenal y síndrome depresivo-ansioso, formuló ante el INSS solicitud de reconocimiento de Invalidez, que le fue desestimada mediante Resolución dictada por dicha Entidad Gestora el 28 de mayo de 1.996, apreciándose por el Equipo de Evaluación de Incapacidades el siguiente diagnostico: "buena manipulación y deambulación. No...

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