STSJ Galicia , 17 de Marzo de 1999

PonenteANTONIO JESUS OUTEIRIÑO FUENTE
Número de Recurso5677/1996
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución17 de Marzo de 1999
EmisorSala de lo Social

DON JUAN LUIS GUISASOLA BUSTILLO SECRETARIO DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA, Que eh el recurso de Suplicación del que luego se hará mención, se ha dictado por esta Sala la siguiente Resolución:

Recurso núm. 5677/96 MLA ILMO. SR. DR. D. RICARDO RON CURIEL PRESIDENTE ILMO. SR. D. ANTONIO GONZÁLEZ NIETO ILMO. SR. D. ANTONIO J OUTEIRIÑO FUENTE A Coruña, a diecisiete de marzo de mil novecientos noventa y nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.

Magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 5677/96 interpuesto por D. Alonso y el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 2 de Ferrol siendo Ponente el ILMO. SR. D. ANTONIO J OUTEIRIÑO FUENTE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Alonso en reclamación de GRAN INVALIDEZ Y SUBSIDIARIAMENTE ABSOLUTA siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 307/96 sentencia con fecha nueve de julio de mil novecientos noventa y seis por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"1.- El actor nacido el día 5 de marzo de 1937 y cuyos demás datos personales constan e autos figura afiliado al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social con el n° NUM000 .- 2.- Habiendo solicitado la parte actora al INSS se le declare afecto de invalidez permanente el I.N.S.S. por Resolución de fecha 4 de marzo de 1996 reconoció al actora hallarse afecto de invalidez permanente total para su profesión habitual y contra cuya Resolución se presentó reclamación previa en vía gubernativa que fue desestimada en fecha 7 de mayo de 1996 agotando con ella la vía administrativa.- 3.- El actor presenta:

Ingreso en 8-85 por cólicos nefríticos y HTA. Ingreso en 12-95 por demencia vascular y asimetría facial.

TAC: múltiples infartos lacunares en ganglios de la base y sustancia blanca. Disminución memoria retención e inmediata, cálculo y orientación espacial y atención concentración no apraxia afasia.- 4.- La base reguladora asciende a 69.988 ptas..- 5.- El Dictamen de la U.V.A.M.I. es de fecha 6 de febrero de 1996".

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

"FALLÓ: Que debo estimar y estimo la pretensión subsidiaria de la demanda interpuesta por D. Alonso y a tal efecto debo declarar y declaro que el actor está afecto de una invalidez permanente absoluta para toda profesión u oficio, derivada de enfermedad común, y en consecuencia debo condenar y condeno a la Entidad demandada, el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL a estar y pasar por tal declaración y a que abone al actor una pensión vitalicia y mensual del 100% de su base reguladora de 69.988 ptas, en catorce pagas y con efectos de 6 de febrero de 1996".

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por ambas partes no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a éste Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia estima en parte la demanda y declara al actor en situación de incapacidad permanente absoluta con base en los padecimientos recogidos en el relato fáctico antes transcrito. Y contra este pronunciamiento recurren ambas partes litigantes, interesando -en primer término- el demandante la revisión del numeral tercero de los hechos declarados probados, al amparo del art. 191 b)

L.P.L ., para que se sustituya por lo siguiente: "El actor presenta: Ingreso en 8/85 por cólicos nefríticos y HTA. Ingreso en 12/95 por demencia vascular y asimetría facial. TAC: múltiples infartos lacunares en ganglios de la base y sustancia blanco. Lueocoaraiosis. Demencia vascular multinfarto (enfermedad de Binswanger) con HTA como principal factor de riesgo. RX: elongación aórtica del ventrículo izquierdo.

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