STSJ Asturias , 17 de Diciembre de 1999

PonenteEDUARDO SERRANO ALONSO
Número de Recurso1277/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 1999
EmisorSala de lo Social

Rollo nº 1/ 1.277/99 Autos nº 814/98 Gijón-2 Sentencia nº 2.534/99 Ilmo. Sr. D. Eduardo Serrano Alonso Presidente Ilma. Sra Dª Mª Eladia Felgueroso Fernández Ilma. Sra Dª Mª del Carmen Prieto Fernández En Oviedo a diecisiete de Diciembre de mil novecientos noventa y nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Gijón, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Eduardo Serrano Alonso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Alejandro , ante el Juzgado de lo Social nº 2 de Gijón, en reclamación de Incapacidad Permanente Absoluta y subsidiariamente Total siendo demandado el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y celebrado el acto del juicio oral, por el mencionado Juzgado de lo Social, se dictó sentencia de fecha dieciocho de febrero de mil novecientos noventa y nueve por la que se estimaba la petición subsidiaria de la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como Hechos Declarados Probados, los siguientes:

  1. - El actor, nacido el 19 de Julio de 1938 y cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de su demanda, figura afiliado a la Seguridad Social con el número NUM000 , siendo su profesión habitual la de administrativo.

  2. - Habiendo sido formulada solicitud de afección a invalidez permanente, fue rechazada la misma agotándose la vía previa al confirmarse el inicial pronunciamiento.

  3. - Presenta el demandante el siguiente cuadro clínico: Espondilolístesis L4-L5 Grado I que ocasiona estenosis de canal medular de L3-L4 y L4-L5. Coxartrosis moderada-severa izquierda. Artrosis femoro-patelar derecha. HTA a tratamiento controlado.

  4. - Fue reconocido por el Equipo de Valoración de Incapacidades, elevándose la pertinente propuesta el día 14 de Julio de 1998.

  5. - La base reguladora de la prestación reclamada asciende a 184.641 pesetas mensuales.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, no siendo impugnado, de contrario.

Elevados los autos a esta Sala se dispuso el pase a Ponente...

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