STSJ Asturias , 21 de Mayo de 1999

PonenteEDUARDO SERRANO ALONSO
Número de Recurso3134/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución21 de Mayo de 1999
EmisorSala de lo Social

-H Rollo nº 1/3.134/98 Autos nº 539/98 Oviedo nº 2 Sentencia nº 1186/99 Ilmo. Sr. D. Eduardo Serrano Alonso Presidente Ilma Sra Dña Mª Eladia Felgueroso Fernández Ilma Sra Dña Mª del Carmen Prieto Fernández En Oviedo a veintiuno de mayo de mil novecientos noventa y nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por D. Jose Antonio , contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Oviedo, ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. Eduardo Serrano Alonso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por D. Jose Antonio , ante el Juzgado de lo Social nº 2 de Oviedo en reclamación de pensión de jubilación siendo demandados el Instituto Nacional cíe la Seguridad Social, le Tesorería Generas de la Seguridad Social y el Instituto Nacional ce la Salud, y celebrarlo el acto riel juicio oral por el mencionado Juzgado de lo Social, se dictó sentencia de fecha veintidós de septiembre de mil novecientos noventa y ocho , por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - El actor D. Jose Antonio , nacida el 16 julio 1922, solicitó pensión de jubilación, que tuvo entrada en el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Dirección Provincial de Oviedo, el 28 de Diciembre de 1992, habiendo cotiaado, en régimen de "pluriempleo", bajo la dependencia del INSALUD desde el año 1950 a 1992, bajo la dependencia de la Empresa S.A. Tudela de Veguin desde 1960 hasta el año 1992, y bajo la dependencia de la Empresa Química Farmacéutica Bayer, S.A. desde 1965 a 1992.

  2. -.- Al referido trabajador le fue reconocida pensión de jubilación con efectos al 29 diciembre 1992 y sobre una base reguladora de 719.322 pts mensuales, aplicándole el limite correspondiente, y quedando reducido el pago de la pensión a la cantidad mensual de 233.631 pts para el año 1992, percibiendo, durante el periodo de tiempo comprendido entre el 29 de diciembre 1992 y el 31 diciembre 1996, la cantidad liquida total de 11.978.842 pts, una vez hechas las correspondientes deducciones por invalidez provisional e IRPF.

  3. - Se agotó la reclamación previa y se...

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