STSJ Cantabria , 9 de Marzo de 1999
Ponente | FRANCISCO JAVIER GARCIA GIL |
Número de Recurso | 1046/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 9 de Marzo de 1999 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltma. Sra. Presidente acctal:
Doña María Teresa Marijuán Arias Iltmos. Sres. Magistrados Don Francisco Javier García Gil Don Javier Barcelona Llop En la Ciudad de Santander, a 9 de marzo de 1999. La Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso número 1046/98,interpuesto por DON Ismael , DON Enrique Y DON Marco Antonio , representados y defendidos por la Letrada Doña María Dolores Sánchez Vega, contra el AYUNTAMIENTO DE TORRELAVEGA,representado por la Procuradora Doña Ursula Torralbo Quintana y defendido por el Letrado Don Pedro Anillo Abril. La cuantía del recurso es indeterminada.Es ponente el Iltmo. Sr. Don Francisco Javier García Gil, quien expresa el parecer de la Sala.
El recurso se interpuso el día 5 de junio de 1998 contra la Resolución del Ayuntamiento de Torrelavega de fecha 31 de marzo de 1998,por la que se declara la inadmisión del recurso extraordinario de revisión promovido contra las resoluciones de la Alcaldía de 30-8-1993,27-8-1997 y 14-11-1997,sobre licencia de apertura de un establecimiento de hostelería en la Avda. DIRECCION000 ,nº NUM000 y expedición de cartel anunicador del mismo.
En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte sentencia por la que se declare la nulidad de las resoluciones combatidas, por ser contrarias al ordenamiento jurídico.
En su contestación a la demanda, el Ayuntamiento demandado solicita de la Sala la desestimación del recurso, por ser conformes a Derecho los actos administrativos que se impugnan.
No recibido el proceso a prueba, señaló fecha para la vista, que tuvo lugar el 4 de marzo de 1999, en que efectivamente se deliberó, votó y falló.
Se impugna mediante el presente recurso la Resolución del Ayuntamiento de Torrelavega de fecha 31 de marzo de 1998,por la que se declara la inadmisión del recurso extraordinario de revisión promovido frente a las Resoluciones de la Alcaldía de 30-8-1993,27-8-1997 y 14-11-1997,sosbre licencia de apertura de un establecimiento de hostelería en la DIRECCION000 ,nº NUM000 de dicha ciudad.
Con carácter...
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...conforme a su disposición transitoria única, a los procedimientos ya iniciados antes de la entrada en vigor de la presente Ley. La STSJ de Cantabria de 9.3.99 considera aplicable el RD 928/98, pero cuando menos la resolución impugnada es de fecha 9.7.98 (posterior a la entrada en vigor del ......
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