STSJ Comunidad Valenciana , 23 de Diciembre de 1999

PonenteEDILBERTO JOSE NARBON LAINEZ
Número de Recurso3469/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.C.V. Sala Contencioso Administrativo Sección Tercera Asunto nº "CH-3469/96"

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA En la Ciudad de Valencia, veintitrés de Diciembre de mil novecientos noventa y nueve.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos Srs. D. JOSE BELMONT MORA, Presidente, D. MARIANO AYUSO RUIZ TOLEDO Y D. EDILBERTO JOSÉ NARBON LAINEZ, Magistrados, han pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 2119/99 En el recurso contencioso administrativo núm CH-3469/96, interpuesto por AVES JUAN GARCIA GIL S.L. representada por el Procurador D. y dirigida por el Letrado D. RAFAEL CORTES GARCIA contra "

Resolución del 5.9.1996 del Presidente del Instituto de la Pequeña y Mediana Empresa denegando subvención de 1.218.715 pesetas del Programa de Implantación de Sistemas de Garantía de Calidad, exp nº 962302002009 al proyecto Homologación de Maquinaria e Instalaciones de la Calidad CEE. Habiendo sido parte en autos como Administración demandada INSTITUTO VALENCIANO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA representada por la Procuradora Dña. MARTA DEL CARMEN APARICIO BOSCA, defendida por el Letrado D. VICENTE GRIMA LIZANDRA y Magistrado ponente el Ilmo.

Sr. D. EDILBERTO JOSÉ NARBON LAINEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se confirmase la resolución recurrida.

TERCERO

No Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el día veintidós de Diciembre de mil novecientos noventa y nueve.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente proceso la parte demandante AVES JUAN GARCIA GIL S.L. interpone recurso contra Resolución del 5.9.1996 del Presidente del Instituto de la Pequeña y Mediana Empresa denegando subvención de 1.218.715 pesetas del Programa de Implantación de Sistemas de Garantía de Calidad, exp nº 962302002009 al proyecto Homologación de Maquinaria e Instalaciones de la Calidad CEE.

SEGUNDO

Para la resolución del caso examinado son hechos relevantes de los que debemos partir:

  1. - Con fecha 24.4.1996 la empresa demandante presenta...

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