STSJ Comunidad Valenciana , 19 de Octubre de 1999

PonenteJAIME YANINI BAEZA
Número de Recurso3344/1996
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución19 de Octubre de 1999
EmisorSala de lo Social

Recurso contra Sentencia núm. 3.344/96 Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro Presidente Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil Ilmo. Sr. D. Jaime Yanini Baeza En Valencia, a diecinueve de octubre de mil novecientos noventa y nueve La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 3.159/99 En el Recurso de Suplicación núm. 3.344/96, interpuesto contra la sentencia de fecha 25 de Julio de 1.996, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 13 de Valencia , en los autos núm. 15.659/95, seguidos sobre Cantidad, a instancia de D. Rogelio , asistido por el Letrado D. Francisco Godoy Luján, contra DIRECCION000 ., y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Jaime Yanini Baeza.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 25 de Julio de 1.996, dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que desestimando la demanda interpuesta por Rogelio contra la empresa DIRECCION000 .

absuelvo a la parte demandada de las pretensiones en su contra formuladas.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- El actor, Rogelio , ha venido prestando sus servicios para la empresa demandada con una antigüedad de 15-9-93, categoría profesional de gerente y salario mensual bruto con inclusión del prorrateo de pagas extras de 145.833,- pts (125.000 de salario base + 20.833 pts de prorrata de extras). SEGUNDO:

El actor, entre el día 15 de marzo de 1995 y el día 30-6-95, en que cesó voluntariamente en la empresa, percibió una serie de cantidades por el concepto " a cuenta salarios pendientes". Dichas percepciones, que seguidamente se desglosarán constan reflejadas documentalmente: todas menos dos, en recibos firmados por el propio actor; dos, en respectivos cheques de 300.000,- pts y 100.000,- pts nominativos a favor del actor y firmados por el actor.

  1. El 15-3 cobró 50.000,- pts. b. El 30-3 " 10.000,- pts. c. El 10-4 " 25.000,- pts. d. El 12-4 " 50.000,- pts e. El 15-4 cobró 65.000,- pts. f. El 22-4 " 111.000,- pts. g. El 9-5 " 25.000,- pts. h. El 10-5 " 300.000,- pts. i. El 14-6 " 20.000,- pts. j. El 15-6 " 100.000,- pts. k. El 6-7 " 100.000,- pts.

TERCERO

Con arreglo al salario que el demandante venía percibiendo mensualmente y documentado en impresos de nóminas que firmaba el mismo en el lugar destinado a la empresa, le correspondía cobrar las siguientes sumas por los siguientes periodos y hasta su cese el 30-6-95.

- 18 días de marzo/95............................75.000,- pts. - Mes de abril..................................125.000,- pts. - Mes de mayo...................................125.000,- pts. - Mes de Junio..................................125.000,- pts. - 6/12 de la Extra de...

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