STSJ Comunidad Valenciana , 8 de Octubre de 1999

PonenteFRANCISCO HERVAS VERCHER
Número de Recurso1294/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 8 de Octubre de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 1294/97 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Segunda S E N T E N C I A nº 1036/99 Iltmos. Srs. PRESIDENTE D. Mariano Ferrando Marzal MAGISTRADOS:

D. José Martínez Arenas Santos D. Francisco Hervás Vercher En la ciudad de Valencia a ocho de octubre de mil novecientos noventa y nueve.

VISTOS por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Sección Segunda) los autos nº 1294/97, seguidos entre partes, de la una y como demandante, D. Carlos José ; y de la otra, como Administración demandada, la Administración del Estado, representada y dirigida por el Abogado del Estado, recurso interpuesto por D. Carlos José contra la resolución del General Jefe de la Región Militar de Levante de 18 de abril de 1997 por la que se desestima el recurso ordinario interpuesto contra la resolución del General Jefe de la Base Militar de Bétera por la que se le denegaba su solicitud de ser excluido de los turnos de Guardia de Seguridad, así como de la realización de las funciones y cometidos cuyo objeto fuera la preparación, instrucción y empleo de la tropa derivadas de dichas funciones, declarándose su derecho a efectuar funciones y tareas propias de su especialidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

El indicado recurrente, actuando en su propio nombre y representación, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, interpuso el presente recurso contencioso administrativo contra el acto administrativo ya reseñado.

Segundo

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción , habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

Tercero

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en los autos, finalmente se señaló el día 5 de octubre de 1.999 para votación y Fallo, diligencia que ha tenido lugar en la fecha fijada.

Cuarto

En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.

Siendo ponente el Magistrado Iltmo. Sr. Don Francisco Hervás Vercher.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El presente recurso contencioso administrativo se ha interpuesto por D. Carlos José contra la resolución del General Jefe de la Región Militar de Levante de 18 de abril de 1997 por la que se desestima el recurso ordinario interpuesto contra la resolución del General Jefe de la Base Militar de Bétera por la que se le denegaba su solicitud de ser excluido de los turnos de Guardia de Seguridad, así como de la realización de las funciones y cometidos cuyo objeto fuera la preparación, instrucción y empleo de la tropa derivadas de dichas funciones, declarándose su derecho a efectuar funciones y tareas propias de su especialidad.

Segundo

Esta Sala ha venido estimando en Sentencias dictadas con anterioridad a la de 11 de junio de 1997 (Sentencia 598/97 dictada en Recurso 1838/1995) - entre otras la número 1119/94, de 21 de diciembre - pretensiones similares a la deducida en el presente recurso, entendiendo que la Ley 17/1989, de 19 de julio, reguladora del Régimen del Personal Militar Profesional y la vigencia, con rango reglamentario de la Ley 14/1982, de 5 de mayo , por la que se reorganiza la Escala Especial y Básica del Ejército de Tierra, justificaban la ineptitud legal de los militares especialistas para el desempeño de cometidos ajenos a su especialidad y propios del Cuerpo General de las Armas.

En la citada Sentencia número 598/1997 se modificó dicho criterio en base a la fundamentación jurídica que seguidamente se transcribe:

"No obstante el Tribunal Supremo, en Sentencia de 28 de septiembre de 1.996 , dictada en recurso de casación en interés de ley nº 2784/94 , ha estimado errónea la doctrina sentada por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, igual al criterio mantenido por esta Sala, basada en una interpretación restrictiva del art. 17 de la Ley 17/89 , a cuyo tenor "los Miembros del Cuerpo de Especialistas del Ejército de Tierra, agrupados en Escalas media y básica, tienen como cometidos el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • SAP Valencia 954, 31 de Diciembre de 2002
    • España
    • 31 Diciembre 2002
    ...del arquitecto al anterior interrogatorio. Documental, a los folios 85 y ss., copia de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de 8 de octubre de 1999, recaída en un proceso Documental, a los folios 80, 93 y ss., y 97 y ss., copias de las sentencias dictad......
  • SAP Valencia 954/2002, 31 de Diciembre de 2002
    • España
    • 31 Diciembre 2002
    ...del arquitecto al anterior interrogatorio. Documental, a los folios 85 y ss., copia de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de 8 de octubre de 1999, recaída en un proceso contencioso- Documental, a los folios 80, 93 y ss., y 97 y ss., copias de las sent......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR