STSJ Extremadura , 14 de Octubre de 1999

PonenteJOSE MANUEL PEREZ CLEMENTE
Número de Recurso1589/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Octubre de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S.M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 1.339 PRESIDENTE: DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DON JOSE MANUEL PEREZ CLEMENT En Cáceres a catorce de Octubre de mil novecientos noventa y nueve.- Visto el recurso contencioso administrativo número 1589 de 1996, seguido por los trámites del art. 113 y siguientes de la Ley Jurisdiccional , promovido por el recurrente DON Juan Miguel siendo demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO representada por el Sr. Abogado del Estado; recurso que versa sobre:

Acuerdo del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de la Pesga (Cáceres) de 2 de mayo de 1996, por la que se aprueban las retribuciones de DIRECCION000 y se deniega el cese en el puesto de Secretaría- Intervención respectivamente. Cuantía.- Indeterminada.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO: Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada.- Por otrosí solicitó el recibimiento a prueba; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO: Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo se señaló seguidamente día para la votación y Fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-

Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado DON JOSE MANUEL PEREZ CLEMENT.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este recurso contencioso administrativo la resolución del Pleno del Ayuntamiento de La Pesga, de fecha 2 de mayo de 1.996, por el que se acordó suprimir el complemento especifico y las demás retribuciones complementarias que anteriormente tenia asignado el puesto de DIRECCION000 desempeñado por al ahora recurrente Don Juan Miguel , y así mismo se impugna el Decreto de la Alcaldía de 13 de junio de 1.996 por el que se acordó aplazar el cese del recurrente, que había sido nombrado DIRECCION000 del Ayuntamiento de Turre (Almería), con carácter provisional, hasta el día 28 del mismo mes, para que antes de cesar presentara la contabilidad, acta de arqueo y el saldo de las cuentas bancarias. Solicita el recurrente en la demanda que, previa anulación de los actos administrativos impugnados, se le reconozca el derecho a percibir durante los meses que desempeñó el cargo de Secretario de la Corporación las mismas retribuciones complementarias que la anterior DIRECCION000 , con sus intereses legales, y el de a...

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