STSJ Cataluña , 20 de Diciembre de 1999
Ponente | JUAN BERTRAN CASTELLS |
Número de Recurso | 5/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 20 de Diciembre de 1999 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Rollo de apelación nº. 5/99 Partes: Don Juan Manuel y Don Pedro Miguel C/ Ayuntamiento de Barcelona (Comissió d'Hisenda i Funció Pública)
SENTENCIA Nº. 1.176/99 Ilmos. Sres.
PRESIDENTE D. EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN MAGISTRADOS D. JUAN BERTRÁN CASTELLS Dª MERCEDES CASTILLO SOLSONA En la ciudad de Barcelona, a veinte de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.
VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso se ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso de apelación nº 5/99, interpuesto por Don Juan Manuel y Don Pedro Miguel , representados y defendidos por la Letrada Sra. Mª José Puig de la Capilla, contra el Ayuntamiento de Barcelona (Comissió d' Hisenda i Funció Pública). Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN BERTRÁN CASTELLS, quien expresa el parecer de la SALA.
El auto apelado contiene la parte dispositiva del siguiente tenor: Declarar terminado el procedimiento instado por la letrada Sra. Puig de la Capilla invocando la representación de Don Juan Manuel y Don Pedro Miguel , ordenando el archivo de los autos, de lo que se dejará nota bastante en los libros de registro.
Contra dicho auto, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido en un solo efecto por el Tribunal de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal previo emplazamiento de las partes, personándose en tiempo y forma como apelante los actores recurrentes Don Juan Manuel y Don Pedro Miguel y como parte apelada la representación procesal del Ayuntamiento de Barcelona (Comissió d'
Hisenda i Funció Pública).
Desarrollada la apelación y no instado el recibimiento del precedente pleito a prueba y tras los oportunos trámites que prescribe la Ley Jurisdiccional en sus respectivos artículos, en concordancia con los de la L.E.C., se señaló a efectos de votación y Fallo la audiencia del día 19 de octubre de 1.999, a la hora señalada.
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
La parte recurrente en el recurso contencioso-administrativo nº. 27/99, seguido ante el Juzgado Contencioso- Administrativo nº 10 de los de Barcelona, interpuso recurso de apelación, que fue admitido en un sólo efecto, contra el Auto del mencionado Juzgado, de fecha uno de septiembre de...
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STSJ Castilla y León , 28 de Mayo de 2001
...los mismos de acuerdo con el criterio de esta Sala, que recoge la sentencia recurrida, criterio por lo demás recogido en la Sentencia del TSJ de Cataluña de 20-12-99, deba desestimarse el recurso y confirmar íntegramente la resolución recurrida incluso en cuanto al nuevo fundamento respecto......