STSJ Cataluña , 22 de Noviembre de 1999

PonenteJOSE QUETCUTI MIGUEL
Número de Recurso4668/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 1999
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 4668/1999 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL F.S. ILMO. SR. D. JOSÉ CÉSAR ÁLVAREZ MARTÍNEZ ILMO. SR. D. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL ILMO. SR. D. IGNACIO MARÍA PALOS PEñARROYA En Barcelona a 22 de noviembre de 1999 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 8397/1999 En el recurso de suplicación interpuesto por Alejandro y Otro frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº24 Barcelona de fecha 18 de diciembre de 1998 dictada en el procedimiento nº 49/1998 y siendo recurrido/a excavaciones j.saenz s.a., plus ultra compañia anonima de seguros y reaseguros, zurich compañia de seguros y reaseguros s.a., SEAT S.A., FOGASA y FOMENTO CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS SA. Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. D. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 21 de Enero de 1.998 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Responsabilidad Civil, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 18 de diciembre de 1998 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando la demanda interpuesta por Don Alejandro y Doña Susana contra Excavaciones J. Saenz S.A., Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros y Reaseguros S.a. (Caser), Fomento de Construcciones y Contratas S.A., Cia Anonima de Seguros y Reaseguros Plus Ultra, Seat, S.A., y Zurich

España Cia de Seguros y Reaseguros, debo absolver a todos ellos de las pretensiones formuladas en su contra al haber prescrito la accion ejercitada por la parte actora.".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- Don Jon , casado con Doña Susana y padre de Don Alejandro , sufrió un accidente de trabajo el 27 de Marzo de 1.992 mientras trabajaba para la empresa EXCAVACIONES J. SAENZ S.A., empresa que a su vez estaba subcontratada por la entidad Fomento de Construcciones y Contratas S.A. para realizar ciertas obras (Instalación de tuberías en la red de incendios) en la factoría que la entidad SEAT S.A. instalaba en Martorell.

SEGUNDO

A consecuencia del indicado accidente Don Jon falleció no habiendo otorgado testamento.

TERCERO

La empresa Excavaciones J. Saenz S.A. si bien tenia concertado un seguro de Responsabilidad Civil con la aseguradora Caser, el mismo sólo tenía vigencia hasta el 29-3-91. La empresa Construcciones y Contratas S.A., tenia concertado un Seguro de Responsabilidad Civil con la entidad Plus Ultra (nº póliza 60.055.400). La empresa Seat tenia concertado seguro de responsabilidad civil con la entidad Zurich.

CUARTO

El accidente acaeció de la siguiente forma. Don Jon tenia como función transportar las tierras con un camión volquete modelo 1.935 de la marca Mercedes Benz con cabeza tractor de 4 x 4 y remolque volquete. En concreto, el día 27-3-92 Don Jon se encontraba realizando su labor de descarga de tierra con el citado camión en un lugar distinto al que lo hacia habitualmente. Era un terreno compactado y tenia una doble pendiente de aproximadamente el 9%. Había llovido días antes, por lo que la tierra transportada estaba húmeda y ya había transportado varios camiones. En un momento en el que estaba sólo pues sus compañeros se habían dio a almorzar, y mientras descargaba las tierras con el volquete de su camión, este perdió el equilibrio y volcó sobre su lado derecho, con las nefastas consecuencias por todos conocidas.

Se desconocen las causas del vuelco del camión.

QUINTO

La Inspección de Trabajo no observo infracción alguna de Seguridad Higiene por lo que no levantó acta al respecto.

SEXTO

A consecuencia del fallecimiento de Don Jon se incoaron Diligencias Previas 248/92 por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Martorell, las cuales fueron archivadas mediante Auto dictado el ocho de Febrero de 1.996, dictándose Auto de Cuantía Máxima el 5 de Septiembre de ese mismo año .

Doña Susana y Don Alejandro en fecha siete de Febrero de 1.997 dirigieron telegrama a la entidad Excavaciones J Senz S.A. y aseguradora Vasar indicándoles que reclamaban cierta cantidad por el fallecimiento de Don Jon . El 19-1-98 se presentó papeleta de Conciliación ante el CMAC, teniendo lugar el acto el 2 de Febrero de 1998.

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