STSJ Cataluña , 3 de Noviembre de 1999

PonenteLUIS MARIA DIAZ VALCARCEL
Número de Recurso815/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA Recurso nº 815/97 Partes: Caixa d Estalvis i Pensions de Barcelona "La Caixa" C/ Ayuntamiento de Gavá

SENTENCIA N 1069 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. MANUEL QUIROGA VÁZQUEZ MAGISTRADOS D. MANUEL TÁBOAS BENTANACHS D. LUIS MARÍA DÍAZ VALCÁRCEL En la ciudad de Barcelona, a tres de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN TERCERA). constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº

815/97, interpuesto por Caixa d Estalvis i Pensions de Barcelona "La Caixa", representada por el Procurador D. Isidro Marín Navarro y defendida por el Letrado D. Sebastián Sastre Papiol, contra Ayuntamiento de Gavá, representado por el Procurador D. Francisco Fernández Anguera y defendido por el Letrado D. Lluís A. Pagés. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. LUIS MARÍA DÍAZ VALCÁRCEL, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador Sr. Marín Navarro, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra Acuerdo de 10 de febrero de 1997 de la Alcaldía del Ayuntamiento de Gavá, desestimatorio del recurso de reposición interpuesto en materia sancionadora por impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción , habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Se continuó el procedimiento por el trámite de conclusiones sucintas, que las partes evacuaron haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación; y, finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo, que ha tenido lugar el día 26 de octubre del año en curso.

CUARTO

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