STSJ Cataluña , 30 de Junio de 1999

PonenteJUAN MANUEL TRAYTER JIMENEZ
Número de Recurso2257/1995
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Junio de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Recurso nº 2257/95 Partes: EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS Y FORESTALES BRUGAROL C/ DEPARTAMENTO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y OBRAS PUBLICAS DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA.

SENTENCIA Nº 693 Ilmos. Sres. Mágistrados:

D. EMILIO BERLANGA RIBELLES.

D. ANTONIO MOYA GARRIDO.

D. JOAN MANUEL TRAYTER JIMÉNEZ.

En la ciudad de Barcelona, a treinta de junio de mil novecientos noventa y nueve.

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN SEGUNDA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº 2257/95, interpuesto por el Procurador de los Tribunales D. Narciso Ranera Cahís, en nombre y representación de Explotaciones Agrícolas y Forestales Brugarol, dirigida y asistida por el Letrado D. Germán Palomino Rodríguez, contra el Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, dirigido y asistido por el Letrado"

de la Generalitad. Ha sido Ponente El Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAN MANUEL TRAYTER JIMÉNEZ, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Narciso Ranera Cahís, en nombre y representación de la parte actora interpuso recurso contencioso administrativo contra la desestimación presunta del recurso de alzada interpuesto contra el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo de Girona por el que se aprobaba la revisión del Plan General de Palamós (publicado en DOGC nº 1642, de fecha 7 septiembre 1992).

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, la demandante interesó se dictara Sentencia por la que con estimación del recurso, se declarara la nulidad del acuerdo recurrido. Por su parte, la representación procesal del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas de la Generalidad de Cataluña se opuso al recurso, conforme a las consideraciones de su escrito, interesando la inadmisibilidad del recurso y, subsidiariamente, su desestimación.

TERCERO

Habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, se practicaron las propuestas por las partes que se estimaron pertinentes con el resultado que obra en autos, y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, las partes evacuaron sus respectivos escritos de conclusiones en el término conferido, declarándose terminadas las actuaciones y señalándose día para la votación y Fallo que tuvo lugar el veintidós de junio de mil novecientos noventa y nueve.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente proceso la desestimación presunta del recurso de alzada interpuesto contra el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo de Girona por el que se aprobaba la revisión del Plan General de Palamós (publicado en DOGC nº 1642, de fecha 7 septiembre 1992).

La parte actora, propietaria de dos fincas afectadas por la Revisión del Plan General, basa su pretensión anulatoria, alegando la existencia de diversas irregularidades invalidantes en la tramitación y aprobación del instrumento urbanístico. Por su parte, la parte demandada fórmula con carácter principal la alegación de inadmisibilidad por interposición extemporánea del recurso contencioso-administrativo, afirmando, subsidiariamente...

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