STSJ Cataluña , 25 de Febrero de 1999

PonenteJOSE MANUEL BANDRES SANCHEZ-CRUZAT
Número de Recurso2173/1995
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Febrero de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Recurso n° 2173/95 Partes: Elena C/ Tesorería General de la Seguridad Social SENTENCIA N°182 Ilmos. Sres. Magistrados:

Dº EMILIO BERLANGA RIBELLES Dº JOSÉ MANUEL BANDRÉS SÁNCHEZ CRUZAT Dº ANTONIO MOYA GARRIDO En la ciudad de Barcelona, a veinticinco de febrero de mil novecientos noventa y nueve.

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN SEGUNDA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia ¿n el recurso contencioso administrativo n°

2173/95, interpuesto por Dª. Elena , representada por el Procurador Dº Jordi Rowe Boix y defendida por la Letrada Dª. Gemma Reinon Tardaguila, contra Tesorería General de la Seguridad Social, representada y defendida por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Dº JOSÉ MANUEL BANDRÉS SÁNCHEZ CRUZAT, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador Sr. Rowe Boix, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra la desestimación del recurso. ordinario interpuesto considerando procedente proseguir el procedimiento ejecutivo.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en- los mismos.

TERCERO

Por la representación de la parte actora, por medio de otrosí de su escrito de demanda, interesó el recibimiento a prueba de las presentes actuaciones, habiendo lugar a ello por auto de 1 de octubre de 1996, practicándose las pruebas propuestas y admitidas con el resultado que obra en autos. Se continuó el procedimiento por el trámite de conclusiones sucintas, que las partes evacuaron haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación; y, finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo, que ha tenido lugar el día 23 de febrero de 1999.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La recurrente impugna a través dei presente recurso contencioso- administrativo, la resolución del Director Provincial de Barcelona de la Tesorería General de la Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 25 de julio de 1995, que desestimó el recurso ordinario interpuesto contra la Providencia de Apremio, dictada en base a la Certificación...

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