STSJ Murcia , 23 de Junio de 1999

PonenteMARIANO ESPINOSA DE RUEDA-JOVER
Número de Recurso859/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Junio de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO nº859/96 y 860/96 SENTENCIA nº559/99 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Iltmos. Srs.:

Don Abel Ángel Sáez Doménech Presidente Don Mariano Espinosa de Rueda Jover Don Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº559/99 En Murcia a veintitrés de junio de mil novecientos noventa y nueve.

En el recurso contencioso administrativo nº859/96 y 860/96 tramitados por las normas ordinarias, en cuantía indeterminada, y referido a: Incumplimiento del Pliego de Condiciones de la concesión de explotación de matadero comarcal.

Parte demandante: Comarcal Sánchez Cano Cehegín SL representado y dirigido por el Abogado Don Antonio Ponce Sánchez.

Parte demandada: Ayuntamiento de Cehegín representado por Procurador Don Juan Tomás Muñoz Sánchez y defendido por el Letrado Don Antonio César López Molina.

Acto administrativo impugnado: Acuerdo del Ayuntamiento de Cehegín, de fecha 22 de abril de 1996, que desestimaba la solicitud de resolución culpable de la adjudicación de concesión de explotación de matadero comarcal, requiriendo a la actora para que de manera inmediata procediera al cumplimiento de las condiciones, de forma previa al otorgamiento de contrato de adjudicación.

Pretensión deducida en la demanda: Se dicte sentencia por la que se efectúen las siguientes declaraciones:

1) Que el Excmo.Ayuntamiento de Cehegín, ha incumplido el pliego de condiciones para la concesión del matadero comarcal de Cehegín y la adjudicación que de dicha concesión se hizo a mi mandante.

2) En virtud del incumplimiento contractual del Excmo.Ayuntamiento de Cehegín, se condene al demandado a indemnizar a la empresa Comarcal Sánchez Cano Cehegín, SL de todos los daños y perjuicio que de dicho incumplimiento contractual se derivan (los cuales se determinarán en ejecución de sentencia), verificándose por el procedimiento legalmente establecido.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. Don Mariano Espinosa de Rueda Jover, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 29 de abril de 1996 y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 11 de junio de 1999.

QUINTO

Por tener interés para el examen de las cuestiones que se discuten, y resultantes del expediente administrativo y de la prueba practicada, se destacan los siguientes antecedentes:

El Ayuntamiento de Cehegín acordó gestionar de forma indirecta el Servicio de Matadero Comarcal, a través de concesión, aprobando el pliego de condiciones el 15 de mayo de 1992; realizada la apertura de plicas, la única oferta fue la del actor ofreciéndose hacerse a cargo de la concesión de obra y servicio a cambio de una subvención única de 5.300.000 ptas, proponiendo también ubicar el matadero en una parcela situada en el polígono Industrial, propiedad el Ayuntamiento, si bien era preciso que éste realizase con carácter previo un deslinde administrativo, finalizando los trámites preceptivos el 30 de abril de 1993.

Por acuerdo plenario de 6 de agosto de 1993 se adjudicó la concesión del matadero y simultáneamente se efectuó la enajenación de la parcela municipal a favor de la actora, en la que...

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