STSJ Murcia , 11 de Mayo de 1999

PonenteJUAN MARTINEZ MOYA
Número de Recurso383/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución11 de Mayo de 1999
EmisorSala de lo Social

1 jc/- Rollo número 383/99 ILTMO. SR. D. FRANCISCO MARTINEZ MUÑOZ Presidente.

ILTMO. SR. D. JOAQUIN SAMPER JUAN ILTMO. SR. D. JUAN MARTINEZ MOYA En la ciudad de Murcia a once de Mayo de mil novecientos noventa y nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilustrísimos Señores citados.

EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente:

SENTENCIA NUMERO -- 410 -- En el Recurso de Suplicación interpuesto por Dª Marisol frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Murcia, recaída en autos número 830/98, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. JUAN MARTINEZ MOYA, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Marisol , en reclamación de Desempleo, siendo demandado el Instituto Nacional de Empleo, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado Sentencia en fecha 30-12-1998 por el Juzgado de lo Social de referencia, por la que se desestimó la pretensión de la parte actora.

SEGUNDO

En la citada Sentencia, y como hechos probados, se declaraban: "1º) La actora Dª

Marisol , nacida en 27-9-73, está afiliada a la Seguridad Social nº NUM000 . Solicitó en 25-2-98 prestación por desempleo-nivel contributivo. Petición que le fue denegada por resolución del INEM de 30-3-98.- 2º)

Disconforme, interpuso reclamación previa que fue desestimada por resolución del INEM de 25-Septiembre-98 alegando como causa ... "Que no está en situación legal de desempleo. Cesa voluntariamente en su relación laboral con la empresa Conservas Martínez S.A., en la que era fija-discontínua. Posteriormente es contratada por la empresa Frutas Brigitte, S.L. en la que cesa también de forma voluntaria. Finalmente es contratada por la empresa Parra de Paula, S.L., con un contrato de duración 15 días. Que ha renunciado a un trabajo fijo para, tras un contrato de corte duración, poder acceder a prestación por desempleo. Que el objeto de la prestación por desempleo es proteger a quienes pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo por causas ajenas a los mismos...".- 3º) La actora vino prestando sus servicios como auxiliar femenina para la empresa Conservas Martínez, SA, desde 3-2-93 hasta 31-7-96 fecha esta última en la que pasó a excedencia voluntaria.- De 19-5-97 a 24-6-97 prestó sus servicios como manipuladora para la empresa Frutas Brigitte, SL, causó baja voluntaria en 24-6-97. De 29-1- 98 a 12-2-98 prestó sus servicios como limpiadora para la empresa Parra de Paula, SL, causó baja en 12-2-98, por terminación de contrato"; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "que desestimando la demanda formulada por Dª Marisol frente al INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, debo absolver y absuelvo al demandado de las pretensiones deducidas en su contra en demanda".

TERCERO

Contra dicha Sentencia se interpuso Recurso de Suplicación por el Letrado D. José Luis Ferreres Grao, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO UNICO.- 1. La sentencia de instancia desestimó la demanda formulada por Dª

Marisol frente al INEM en reclamación de prestación por desempleo. Se razona en la sentencia que la actora no tiene derecho a la prestación...

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