STSJ Comunidad de Madrid , 5 de Octubre de 1999

PonenteLAURA TAMAMES PRIETO-CASTRO
Número de Recurso557/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Octubre de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

LTDA. Dª Mª. CRISTINA GARCIA BASCUÑANA SR ABOGADO DEL ESTADO PROC SR AZPEITIA SANCHEZ RECURSO NUM. 557/96 PONENTE SRA Laura Tamames Prieto Castro SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SENTENCIA NUM. 995 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCION CUARTA En Madrid, a cinco de octubre de mil novecientos noventa y nueve.

Presidente Ilmo. Sr Enrique Calderón de la Iglesia Magistrados Ilmos Sres.

D. Juan Ignacio González Escribano Dª Laura Tamames Prieto Castro Visto por la Sala del margen el recurso num. 557/96 interpuesto. por Dª Penélope representada por la Letrada Dª Mª Cristina García Bascuñana contra resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Madrid de fecha 7/2/96 desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra acuerdo de 11/10/95 que fijó el justiprecio de la finca num. NUM000 de la calle DIRECCION000 , del Proyecto de Expropiación "Canalización del Arroyo". Siendo parte demandada el JURADO DE EXPROPIACION FORZOSA, representado y defendido por el Abogado del Estado, y como parte codemandada el Ayuntamiento de Colmenar del Arroyo, representado por el Procurador Sr. Azpeitia Sánchez. La cuantía del recurso es de 4.140.000 Pts.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 28/3/96 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que considero pertinentes terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

Solicitado el recibimiento a prueba y practicada la documental y testifical propuesta, se acordó dar traslado para conclusiones sucesivamente a las distintas partes quienes las evacuaron mediante escritos en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

CUARTO

Con fecha 23/9/99 se celebró el acto de votación y Fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma Sra Dª. Laura Tamames Prieto Castro VISTOS los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En la resolución de 11/10/99 se hace constar que la finca expropiada es una parcela de terreno de 509 m2 en el término de Colmenar del Arroyo (Madrid), estando calificado el suelo según el Arquitecto Municipal de VIARIO PUBLICO Y VERDE PUBLICO Y PROTECCION AL ARROYO.

La parte expropiada valoró los bienes y derechos en 4.140.000 Pts. y el Perito de la Administración en 398.960 Pts. El Jurado estimó procedente...

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