STSJ Comunidad de Madrid , 5 de Octubre de 1999

PonenteMARIA BEGOÑA HERNANI FERNANDEZ
Número de Recurso3060/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 5 de Octubre de 1999
EmisorSala de lo Social

Recurso numero 3060/99 DF Sentencia número 506/99 Sec. 1ª

Ilmo. Sr. D. JOSE JOAQUIN JIMENEZ SANCHEZ Presidente.

Ilma. Sra. Dª. Mª BEGOÑA HERNANI FERNANDEZ Ilmo. Sr. D. MANUEL AVILA ROMERO.

En Madrid, a cinco de octubre de mil novecientos noventa y nueve La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos señores citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA en el recurso de suplicación núm. 3060/99 interpuesto por Dª. Esther y otras mediante su representación letrada, contra la resolución dictada por el Juzgado de lo Social número 17 de Madrid, en autos número 659/98 siendo recurrido LABORATORIOS KNOLL S.A. ha actuado como Ponente la Ilma.

Sra. Dª. Mª BEGOÑA HERNANI FERNANDEZ.

ANTECEDE DE DE HECHO

PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvieron entrada demandas suscritas por el Letrado D. Luis SUAREZ MACHOTA en representación de Dª. Esther , Dª. Carmela , Dª Dolores , Dª.

Fátima , D. Julián , Dª. Maite , Dª Paloma , D§ Silvia , Dª. Marí Trini , Dª. Ana María , Dª. Ángeles , Dª.

Concepción , Dª. Eva , Dª Julieta , Dª. Maribel y, Dª Pilar , contra la Empresa LABORATORIOS KNOLL S.A., en reclamación sobre CANTIDAD en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha 1 de marzo de 1.999 en los términos que expresan en el Fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como Hechos Probados se declaraban los siguientes:

"PRIMERO: Los actores han venido prestando servicios profesionales dentro del ámbito de dirección y organización de Laboratorios Knoll SA con la antigüedad, categoría y salarios que a continuación se relacionan: -Dª Esther desde el 9-9-74, como ING. TEC. /7, con una retribución de 408.869 pesetas. -Dª

Carmela desde el 14-1-74 como ING. TEC. /6 con una retribución de 325.544 pesetas. -Dª Dolores desde el 19-9-74 como PROF. IND. 1/3 con una retribución de 232.789 pesetas. -Dª Fátima desde el 1-7-75 como OFC. 19 ADM. /4 con una retribución de 272.091 pesetas. -D. Julián desde el 1-6-76 como ESP. 1ª O.A/4

con una retribución de 292.847 pesetas. -Dª Maite desde el 10-1-72 como PROF. IND. 1/3 con una retribución de 233.200 pesetas. - D§ Paloma desde el 5-12-73 como PROF. IND. 1/3 con una retribución 232.217 pesetas. -Dª Silvia desde el 13-12-73 como PROF. IND. 1/3 con una retribución de 224.145 pesetas. -D§ Marí Trini desde el 19-9-74 como PROF. IND. 1/3 con una retribución de 231.660 pesetas. -Dª

Ana María desde el 1-6-67 como PROF. IND. 1/3 con una retribución de 236.338 pesetas. -Dª Ángeles desde el 10-1-72 como PROF. IND. 1/3 con una retribución de 233.506 pesetas. -Dª Concepción desde el 1-9-73 como PROF. IND. 1/3 con una retribución de 232.736 pesetas. -Dª Eva desde el día 6-3-74 como PROF. IND 1/3 con una retribución de 231.819 pesetas. -Dª Julieta desde el 10-9-73 como PROF. IND. 1/3 con una retribución de 232.212 pesetas. - Dª Maribel desde el 1-9-73 como R. ACOND./4 con una retribución de 246.621 pesetas. -D§ Pilar desde el día 1-12-73 como PROF. IND. 1/3 con una retribución de 252.623 pesetas.- SEGUNDO: Por resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de fecha 21 de marzo de 1996, dictada en el Expediente de Regulación de Empleo nº 184/95, queda extinguida la relación laboral de los actores con el derecho a cobrar una indemnización de 45 días de salario por año de servicio, más tres millones de pesetas.- TERCERO: Diariamente de lunes a viernes los...

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