STSJ Comunidad de Madrid , 29 de Mayo de 1999

PonenteJOSE FELIX MENDEZ CANSECO
Número de Recurso862/1995
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Mayo de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso 862/95 SENTENCIA NUMERO 710 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos señores:

Presidente.

Don José Félix Méndez Canseco.

Magistrados:

Dña. Francisca Maria Rosas Carrión.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sanchez.

D. Javier E. López Candela.

En la Villa de Madrid, a veintinueve de Mayo de mil novecientos noventa y nueve.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 862/95, interpuesto por D. Abelardo , defendido y representado por el Letrado D. Luís Alvarez Collado, contra resolución expresa emitida el 24 de febrero de 1995, por el Departamento Central de los Servicios de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid, desestimatoria del recurso ordinario de Alzada sobre sanción de 10.000 pesetas, impuesta en materia de espectáculos Públicos y actividades recreativas. Ref. SPM- 32.056-H. Siendo parte el Ayuntamiento de Madrid, representado por el Procurador D. Luís Fernando Granados Bravo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de fecha 31 de mayo de 1996, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado al Procurador D. Luís Fernando Granados Bravo, para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 20 de febrero de 1997, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Que, no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado; señalándose para la votación y Fallo del presente recurso el día 27 de Mayo de 1999, a las 10 horas de su mañana, en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D.José Félix Méndez Canseco.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación de Abelardo interpone recurso contencioso-administrativo contra el Decreto de fecha 24.2.95 del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Madrid, por el que se desestimaba el recurso de alzada interpuesto contra el Decreto del Cuarto Teniente de Alcalde Responsable de la Rama de Servicios de Vigilancia, Protección Vecinal y Comunitarios de fecha 23.12.94 por el que se impuso una sanción de 10.000 pesetas por infracción de horarios al recurrente como titular del Bar "El Paso" por tener abierto el local con público en su interior, música en funcionamiento, expendición de bebidas y sin iniciar las tareas de cierre a las 3,50 horas del día 6.8.94, lo que se consideró infracción leve del art. 26-e de la Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero sobre Protección de la Seguridad Ciudadana .

SEGUNDO

La recurrente fundamenta...

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