STSJ Comunidad de Madrid , 22 de Abril de 1999
Ponente | JUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ |
Número de Recurso | 2689/1995 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 22 de Abril de 1999 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO N° 2689/1.995 SENTENCIA N° 546 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos Señores:
Presidente:
Don Félix Méndez Canseco Magistrados:
Doña Fátima Arana Azpitarte Doña Francisca Rosas Carrión.
Don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.
Don Javier Eugenio López Candela.
En la Villa de Madrid a veintidós de Abril de mil novecientos noventa y nueve.
Vistos por la Sala constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos del recurso contencioso administrativo número 2689 de 1.996 interpuesto por Ana , asistida y representada por el Letrado Don Juan Antonio Acitores Seseña contra el Decreto del Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Madrid, de 24 de Octubre de 1.995 que desestimó el recurso ordinario interpuesto contra la resolución del Segundo Teniente de Alcalde, responsable de la Rama de Policía Municipal, Tráfico e Infraestructuras del Ayuntamiento de Madrid, de 3 de Marzo de 1.995 por la que se imponía a la recurrente una sanción consistente en multa de 15.000 pesetas por infracción de las normas de circulación (estacionar en doble fila sin conductor). Ha sido parte el Ayuntamiento de Madrid representado por el Procurador Don Luis Fernando Granados Bravo.
Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó demanda el día 14 de Enero de 1.997, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando Sentencia estimatoria del recurso, anulando la resolución sancionadora del Ayuntamiento de Madrid.
Que asimismo se confirió traslado al Procurador el Procurador Don Luis Fernando
Granados Bravo para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 12 de mayo de 1.997, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.
Por auto de 6 de Marzo de 1.998 se acordó no haber lugar a recibir el recurso a prueba.
Que, no estimándose necesaria la celebración de vista pública se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado señalándose para la deliberación, votación y Fallo del presente recurso el día 22 de Abril de 1.999 a las 10,00 horas de su mañana en que tuvo lugar.
VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilustrísimo Señor Don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.
La representación de Ana interpone recurso contencioso- administrativo contra el Decreto del Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Madrid de 24 de octubre de 1.995 que desestimó el recurso ordinario interpuesto contra la resolución del Segundo Teniente de Alcalde, responsable de la Rama de Policía Municipal, Tráfico e Infraestructuras del Ayuntamiento de Madrid, de 3 de Marzo de 1.995 por la que se imponía a la recurrente una sanción consistente en multa de 15.000 pesetas por infracción de las normas de circulación. Dicha infracción consistía en estacionaren doble fila sin conductor, el día 16 de Diciembre de 1.994 a las 17,00 horas a la altura del n° 86 de la Calle Velázquez de Madrid.
La denuncia inicial que dio lugar a la incoación de...
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STSJ Comunidad de Madrid 1104/2002, 24 de Octubre de 2002
...estimado y anulado el acto administrativo de referencia en congruencia de la doctrina anterior manifestada en sentencia de 22 de Abril de 1.999 (recurso n° 2689/1995) y 24 de Abril de 2001 (recurso 831/1995) en la que señalábamos que según dispone el artículo 76 de la Ley de Seguridad Vial,......
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