STSJ Comunidad de Madrid , 27 de Enero de 1999
Ponente | RICARDO SANCHEZ SANCHEZ |
Número de Recurso | 1742/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 27 de Enero de 1999 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
R°. 1742/96 SENTENCIA N°.48 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN OCTAVA Presidenta Ilma. Sra. Dª. Inés Huerta Garicano Magistrados Ilmos. Srs. D. Miguel Ángel Vegas Valiente D. Ricardo Sánchez Sánchez.
En la Villa de Madrid a veintisiete de enero de mil novecientos noventa y nueve.
VISTOS, por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso administrativo núm. 1742/96, interpuesto por la Procuradora Dª. Lydia Leiva Cavero, en nombre y representación de D. Carlos Alberto , contra la resolución de 4 de diciembre de 1.996, por la que se le denegó prórroga por estudios para la prestación social sustitutoria.
Ha sido parte en autos la Administración demandada, representada y defendida por el Abogado del Estado.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito, en el que suplicó se dictase sentencia por la que, estimando el recurso, se revocasen los acuerdos recurridos,
El Abogado del Estada contestó a la demanda, mediante escrito en el que suplicó se dictase sentencia por la que se confirmase la resolución recurrida.
Tras el periodo de recibimiento a prueba, en el que se practicó la declarada pertinente, quedaron las actuaciones pendientes de votación y Fallo.
Para votación y fallo del presente proceso se señaló la audiencia del día 26 de enero de 1.999, teniendo así lugar.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.
Siendo Ponente el Magistrado de la Sección Ilmo. Sr. D. Ricardo Sánchez Sánchez.
Son de interés los siguientes antecedentes:
1) El actor D. Carlos Alberto , nacido el día 27 de febrero de 1.968, fue reconocido como objetor de conciencia, por resolución de 14 de febrero de 1.994.
2) El demandante, estando matriculado en unas oposiciones, mediante escrito de fecha 9 de febrero de 1.996 solicitó prórroga por estudios.
3) Por resolución de 4 de diciembre de 1.990 no se accedió al aplazamiento solicitado.
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...no se postula el examen del derecho aplicado en la sentencia. Por lo expuesto, y aplicando la doctrina establecida en Sentencias del TSJ de Madrid de 27-1-99 y de esta misma Sala de 8-6-2000, entre otras, procede la desestimación del recurso, y en consecuencia, la confirmación de la sentenc......