STSJ Aragón , 29 de Noviembre de 1999

PonenteCARLOS BERMUDEZ RODRIGUEZ
Número de Recurso731/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 1999
EmisorSala de lo Social

Rollo número: 731/1.998 Sentencia número: 1.095/1.999 MAGISTRADOS ILMOS. SRES.:

D. JUAN PIQUERAS GAYO D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ D. JOSE ENRIQUE MORA MATEO En Zaragoza, a veintinueve de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 731 de 1.998 (Autos núm. 949 de 1.997), interpuesto por la parte demandada MUTUA PATRONAL DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 151, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número UNO de Zaragoza, de fecha 4 de febrero de 1.998 , siendo demandante Dª Clara , y como codemandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, FICHET SISTEMAS Y SERVICIOS S.A., sobre ACCIDENTE DE TRABAJO. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Clara , contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Asepeyo Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº 151, Fichet Sistemas y Servicios S. A., sobre Accidente de Trabajo, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número Uno de Zaragoza, de fecha 4 de febrero de 1.998 , siendo el Fallo del tenor literal siguiente:

Que debo estimar y estimo la demanda presentada por Clara contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Fichet, Sistemas y Servicios S. A. y la Mutua Patronal de Enfermedades Profesionales y Accidentes de Trabajo nº 151, Asepeyo, y en su consecuencia debo declarar y declaro que la causa del fallecimiento de Sergio es constitutiva de accidente laboral siendo las prestaciones de Seguridad Social derivadas de tal fallecimiento de etiología laboral y a cargo de la Mutua Patronal de Enfermedades Profesionales y Accidentes de Trabajo nº 151, Asepeyo, siendo la base reguladora de la pensión de viudedad y orfandad de 267.743 pesetas mensuales, condenando a las demandadas a estar, pasar y cumplir con tales declaraciones conforme a las responsabilidades que legal y/

o reglamentariamente les corresponden.

SEGUNDO En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"

  1. Sergio , afiliado al Régimen General de la Seguridad Social con el nº NUM000 , prestaba servicios para Fichet, Sistemas y Servicios S. A. como Oficial de 1 de Montaje y reparación de sistemas de seguridad, teniendo la empresa asegurada la cobertura del riesgo por accidentes de trabajo con la Mutua Patronal de Enfermedades Profesionales y Accidentes de Trabajo nº 151, Asepeyo, estando al corriente del pago de las correspondientes cuotas.

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