STSJ Navarra , 31 de Enero de 2000

PonenteANTONIO RUBIO PEREZ
ECLIES:TSJNA:2000:140
Número de Recurso1683/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Enero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. JOAQUIN MIQUELEIZ BRONTE MAGISTRADOS, D. ANTONIO RUBIO PEREZ D. FELIPE FRESNEDA PLAZA En Pamplona, a treinta y uno de enero de dos mil. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 1683/96, promovido contra el Decreto Foral del Gobierno de Navarra de fecha 1-4-96 por el que se aprueba la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra denegando al recurrente la petición de complementos;, siendo en ello partes: como recurrente D. Gaspar representado y dirigido por el Letrado Sr.De Benito Antoñanzas; y como demandado EL GOBIERNO DE NAVARRA representado y dirigido por su Asesor Jurídico.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tras los oportunos trámites procesales, por escrito de 1 de abril de 1998 se formalizó la demanda correspondiente al recurso del encabezamiento en súplica de que se declare nulo el Decreto Foral 166/1996 en lo que al demandante se refiere reconociéndosele el derecho al percibo del complemento de puesto de trabajo en la cuantía de 8,25% desde la fecha de funcionarización.

SEGUNDO

Efectuado el traslado correspondiente, por escrito de 4 de mayo siguiente se opuso a la demanda el Asesor Jurídico-letrado del Gobierno de Navarra.

TERCERO

Recibido el proceso a prueba se practicó con el resultado que en autos consta la propuesta por la demandada, quedando los autos conclusos y habiendo tenido lugar la votación y fallo el pasado día 26 de enero.

Es ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D.ANTONIO RUBIO PEREZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurrente obtuvo por sentencia judicial el derecho a percibir el complemento de puesto de trabajo en su condición de contratado laboral fijo del Gobierno de Navarra y respecto al que venia desempeñando de "Jefe de Servicios Técnicos" en la "Residencia El Vergel".Estando en tramitación el proceso a que aquella sentencia puso fin cambió la naturaleza de la relación jurídica que le unía con la

Administración Foral de contratado laboral a funcionario; ello en el año 1993.Al aprobarse , mediante el Decreto Foral que se impugna, la plantilla orgánica correspondiente se le deniega la percepción de dicho complemento,...

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