STSJ Galicia , 13 de Diciembre de 2000

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ
ECLIES:TSJGAL:2000:9744
Número de Recurso4152/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Social

DOÑA MARIA SOCORRO BAZARRA VARELA SECRETARIO DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA, CERTIFICO: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención, se ha dictado por esta Sala la siguiente Resolución:

Recurso núm. 4152/99 MRA ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ PRESIDENTE ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA ILMO. SR. D. JOSE M. MARIÑO COTELO A Coruña, a trece de diciembre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.

Magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 4152/99 interpuesto por INSS contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. DOS de Lugo siendo Ponente el ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO Que según consta en autos se presentó demanda por DOÑA Montserrat en reclamación de INVALIDEZ siendo demandado INSS Y TGSS en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 308/99 sentencia con fecha once de junio de mil novecientos noventa y siete por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"PRIMERO.- La actora, DOÑA Montserrat , cuyas circunstancias personales figuran en el encabezamiento de la demanda, nacida el día 29 de mayo de 1.944 y afiliada a la Seguridad Social con el n° NUM000 como trabajadora por cuenta propia del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, vino desempeñando la actividad de Peluquera estando al corriente de las cuotas y acreditando un periodo de cotización que la Entidad Gestora considera suficiente para lucrar la pensión que interesa. Fue baja por incapacidad Temporal de 8 de septiembre de 1.997 y alta el 24 de noviembre de 1.998, dada por la Inspección Médica con propuesta de Invalidez Permanente./

SEGUNDO

El día 14 de diciembre de 1.998 de oficio se iniciaron actuaciones en materia de incapacidad permanente, recayendo Resolución de la Dirección Provincial del I.N.S.S. de 29 de enero de 1.999, que tuvo salida del mismo el 4 de febrero de 1.999 por la que se declara que la actora no está afectada de invalidez permanente en grado alguno. El Equipo de Valoración de Incapacidades emitió dictamen el día 28 de enero de 1.999.

Contra dicha Resolución interpuso reclamación previa a la vía judicial, el día 9 de marzo de 1.999.

que fue desestimada por acuerdo del 27 de mayo de 1.999, contra el que se formuló la demanda rectora del presente proceso y cuyo contenido consta en autos y aquí se da por reproducido. El Equipo de Valoración de Incapacidades emitió nuevo informe el 25 de mayo de 1.999./TERCERO.- La actora presenta: patología grave en extremidad inferior izquierda, donde padeció fractura de fémur que tiene estabilizada con placa.

Desmineralización de huesos de rodilla izquierda. Presenta también una osteoporosis severa en todo el esqueleto. Discopatia muy severa del espacio L5-S1, con muy importante pérdida de altura del disco y degeneración gaseosa, asociando...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ Galicia , 29 de Marzo de 2001
    • España
    • 29 Marzo 2001
    ...7-Julio-00 R. 1817/97, 17-Julio-00 R. 693/99, 8-Noviembre-00 R. 4364/00, 30-Noviembre-00 R. 4288/97, 30-Noviembre-00 R. 3754/99, 13-Diciembre-00 R. 4152/99, 12-Enero-01 R. 3357/97, 15-Marzo-01 R. En este apartado únicamente puede aceptarse el último inciso, siquiera para la Sala no tenga tr......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR