STSJ Galicia , 20 de Septiembre de 2000

PonenteBENIGNO LOPEZ GONZALEZ
ECLIES:TSJGAL:2000:7160
Número de Recurso430/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

01 /0000430 /1997 SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY LaSala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 1406/2000 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Ilmos. Sres.

D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO. PTE. D. BENIGNO LOPEZ GONZÁLEZ.

D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.

En la Ciudad sede de este Tribunal, a veinte de septiembre de dos Mil. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01 /0000430 /1997 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Guillermo , representado por el procurador D. JOSE MARTIN GUIMARAENS MARTINEZ y dirigido por el Abogado D. JUAN COLON GARRIDO, contra Resolución del Sr. Conselleiro de Educación e Ordenación Universitaria de 14.1.97 sobre denegación de jubilación por incapacidad permanente. Es parte como demandada LA ADMINISTRACION AUTONOMICA, representada y dirigida por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA; siendo la cuantía del recurso la de INDETERMINADA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: El recurrente es funcionario de carrera del grupo, adscrito al cuerpo de profesores de Educación General Básica, con destino definitivo en el Colegio Público de Campo Lameiro den Pontevedra. - Con fecha 8 de mayo de 1996 por parte de la inspección Médica de la Delegación Provincial en Pontevedra de la Consellería de Educación, se promueve expediente de jubilación, previos los informes emitidos con fecha 14 de enero de 1997 se dicta resolución por la que se deniega la jubilación por incapacidad permanente del recurrente. - Invoca losfundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dictesentencia por la que se reconozca la procedencia de la jubilación por incapacidad permanente para su puesto, cuerpo o escala en favor del recurrente.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda al LETRADO DE LA XUNTA, evacuó dicho traslado a medio de escrito de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Declarado concluso el debate escrito se dejan las actuaciones sobre la mesa para resolver.

CUARTO

Que en la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. DON BENIGNO LOPEZ GONZÁLEZ.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Don Guillermo interpone recurso contencioso administrativo contra resolución de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de la Xunta de Galicia, de fecha 14 de enero de 1997, por la que se le deniega al actor la pretendida jubilación por incapacidad permanente.

SEGUNDO

Al actor, Profesor de Educación General Básica en el Colegio Público de Campo Lameiro (Pontevedra), le fue iniciado expediente de jubilación, en fecha 8 de mayo de 1996, por parte de la Inspección Médica de Pontevedra, por padecer trastorno esquizoide de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ Comunidad Valenciana , 2 de Mayo de 2003
    • España
    • 2 Maggio 2003
    ...concreta del recurrente a los efectos de apreciar la concurrencia de la causa de jubilación. A dicho fin, como subraya la STSJ de Galicia de 20 de septiembre de 2.000, cobra especial relevancia la personalidad en relación con la labor docente y así razona "de la lectura del informe referido......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR