STSJ Galicia , 30 de Junio de 2000

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ
ECLIES:TSJGAL:2000:5912
Número de Recurso720/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución30 de Junio de 2000
EmisorSala de lo Social

Doña María Socorro Bazarra Varela, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Certifico.- Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención se ha dictado por esta Sala la siguiente resolución:

Recurso núm. 720/99 MRA ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ PRESIDENTE ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA ILMO. SR. D. ANTONIO J. GARCIA AMOR A Coruña, a treinta de junio de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.

Magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY lia dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 720/99 interpuesto por DON Antonio contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. TRES del La Coruña siendo Ponente el ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO Que según consta en autos se presentó demanda por DON Antonio en reclamación de INVALIDEZ siendo demandado INSS en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm.

491/98 sentencia con fecha treinta de noviembre de mil novecientos noventa y ocho por el Juzgado de referencia que desestimo la demanda.

SEGUNDO Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"Primero.- El actor fue declarado en la situación de Invalidez Permanente Total parir su profesión habitual de marinero, derivada de enfermedad común, por resolución de 26 de mayo de 1993;, y una base reguladora entonces de 55.118 pts./

Segundo

Con fecha 17 de noviembre de 1997 inicia expediente de revisión de invalidez interesando la declaración de Invalidez Permanente Absoluta para todo tipo de trabajo que es denegada por resolución de fecha 17 de marzo de 1998, al no considerar que haya existido agravación de sus lesiones. Tercero.- Padecía en la fecha de declaración de invalidez inicial las siguientes lesiones: Estenosis mitral severa a la que se le realizó valvuloplastia con éxito actualmente insuficiencia mitral trivial leve/ Cuarto.- Actualmente sus lesiones son las siguientes: Prótesis mitral en 1994 actualmente normofuncionante y buena evolución clínica un episodio de Fallo cardiaco en abril 94. En septiembre 97 ingresa por dolor torácico encontrándose flutter auricular que revirtió a ritmo sinual y en Rx tórax cardiomegalia el ECG signos de sobrecarga de VI Epoc. A.P actual con pitos y roncos. Insuficiencia respiratoria de vías altas constitucional./ Quinto.- Se agotó la vía previa en la forma reglamentaria."

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

"

FALLO

Que desestimando la demanda formulada por DON Antonio absuelvo de la misma a la demandada INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parre demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- Se recurre por el beneficiario el rechazo de IPA por agravación efectuado en la instancia, proponiendo la revisión fáctica del ordinal cuarto y denunciando la infracción del art. 137-5 LGSS .

  1. - Siquiera a la postre resulta del todo intrascendente, se admite añadir que el actor tuvo ingresos hospitalarios por infecciones Septiembre/97 y Marzo/98, y que le fue reconocida por la Consellería de Sanidades una minusvalía del 71 %. De esta forma el cuadro final que ofrece el ordinal cuarto queda como sigue: prótesis mitral en 1994 normofuncionante y con buena evolución clínica, en Septiembre/97 ingreso por flutter auricular que...

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