STSJ Galicia , 14 de Abril de 2000

PonenteMANUEL CONDE NUÑEZ
ECLIES:TSJGAL:2000:3195
Número de Recurso5194/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Abril de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 02/0005194/1997 (tráfico)

EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA Nº 574/2.000 Ilmos Sran.

DON CARLOS LÓPEZ KELLER. - PTE. DON MANUEL CONDE NÚÑEZ DON FERNANDO FERNÁNDEZ LEICEAGA En la ciudad de A Coruña, a catorce de abril de dos mil. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02/0005194/1997 (tráfico) pende de resolución de esta Sala, interpuesto por D. Aurelio , representado y dirigido por D. JOSE IGNACIO FERNANDEZ LOPEZ, contra Resolución Dirección General Tráfico desestimatoria R/ordinario contra otra de la Jefatura Tráfico en A Coruña, expt. NUM000 , que impuso la sanción de multa de 30.000.- ptas. Es parte como demandada DIRECCION GENERAL DE TRAFICO representada y dirigida por el ABOGADO DEL ESTADO La cuantía del recurso es determinada, con un importe de 30.000 ptas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando que se dicte sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y Fallo el día 7 de abril de 2000.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. MANUEL CONDE NÚÑEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO La parte recurrente solicita en primer lugar la nulidad de pleno derecho de la resolución de la Dirección General de Tráfico por delegación del Ministro, por indebida delegación de la potestad sancionadora.

Esta cuestión fue resuelta por STS de 9-2-1999 (recurso de casación en interés de Ley) que estimó que la prohibición de delegación de la potestad sancionadora no existe en la vía administrativa de recurso, revocando la postura mantenida por el TSXG, por lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
5 sentencias
  • STSJ Galicia 639/2009, 7 de Julio de 2009
    • España
    • 7 July 2009
    ..., del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y SsTS de 18.03.87 o 15.12.87 y SsTSJ de Galicia de 14.04.00, 24.04.00 o 02.06.03 ), si bien no es esa la consecuencia que tenía aquella defectuosa resolución, pues sí ofreció la razón de la vo......
  • STSJ Galicia 1533/2007, 20 de Noviembre de 2007
    • España
    • 20 November 2007
    ...común, y se reconoce en numerosos pronunciamientos judiciales de los que son una muestra las SsTS de 18.03.87 y 15.12.87, o las SsTSJ de Galicia de 14.04.00, 24.04.00 y 02.06.03, por lo que es necesario examinar si se ha producido el vicio denunciado y, en su caso, si esa irregularidad es o......
  • STSJ Galicia 1791/2007, 20 de Diciembre de 2007
    • España
    • 20 December 2007
    ...LRJAPyPAC y se reconoce en numerosos pronunciamientos judiciales de los que son una muestra las SsTS de 18.03.87 y 15.12.87, o las SsTSJ de Galicia de 14.04.00, 24.04.00 y 02.06.03, y en este caso tiene razón la abogacía del Estado cuando sostienen que si bien carece de firma la propuesta d......
  • STSJ Galicia 175/2011, 24 de Febrero de 2011
    • España
    • 24 February 2011
    ...jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (así, las SsTS de 18.03.87 y 15.12.87 o las SsTSJ de Galicia de 14.04.00, 24.04.00 y 02.06.03 ). Pero también es constante la jurisprudencia que ha analizado el grado de motivación que deben contener los acto......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR