STSJ Galicia , 30 de Marzo de 2000

PonenteANTONIO JOSE GARCIA AMOR
ECLIES:TSJGAL:2000:2466
Número de Recurso4045/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2000
EmisorSala de lo Social

Doña María Socorro Bazarra Varela, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Certifico.- Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención se ha dictado por esta Sala la siguiente resolución:

Recurso nº 4045/98 DP ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ PRESIDENTE ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA ILMO. SR. D. ANTONIO J. GARCIA AMOR A Coruña, a treinta de marzo de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación nº 4045/98 interpuesto por Don Sebastián contra la sentencia del Juzgado de lo Social Núm cuatro de A Coruña siendo Ponente el ILMO. SR. D.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos nº 270/98 se presentó demanda por Don Sebastián en reclamación de INVALIDEZ siendo demandado el el Instituto Nacional de la Seguridad Social en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha 11 de junio de 1998 por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "1º) Que el demandante don Sebastián , nacido el 13/10/42 y afiliado ala régimen General de la Seguridad Social, con el número NUM000 , y siendo su profesión habitual la de barrendero solicitó de la entidad gestora demandada prestación por invalidez permanente derivada de enfermedad común; Petición que fue desestimada en fecha 05/12/97 al estimar que las dolencias que padece el actor le incapacitan de forma permanente Total para su profesión habitual.- 2º) Disconforme con la anterior resolución interpuso reclamación administrativa previa que asimismo fue desestimada por, resolución de fecha 02102/98 que confirma la decisión impugnada.- 3º) Que el demandante presenta: Intervenido de hernia inguinal dcha. TB pulmonar a los 15 años. Cólicos renales bilaterales. Ligera hipoacusia bilateral en zona conversacional.

Manifiesta dolor ambos pies y de piernas, así como de espalda. Edemas de piernas. RS: (varias)

cervicoartrosis. Escoliosis dorsolumbar. Lumboartrosis con pinzamientos L4 a S1. Lassegue (+) bilateral 60 y 30º respectivamente. AP con descenso del murmullo. Tatalgia por artrosis mediatarsiana. 4º) Que la base reguladora asciende a la suma de 94.165 pesetas.- 5º) Que el demandante acredita 10.323 días cotizados con anterioridad a la solicitud.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "Fallo:

Que desestimando la demanda deducida por DON Sebastián contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social debo absolver y absuelvo a la parte demandada de todos los...

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