STSJ Asturias , 26 de Mayo de 2000

PonenteMARIA DEL CARMEN PRIETO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2000:1977
Número de Recurso2049/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución26 de Mayo de 2000
EmisorSala de lo Social

ROLLO N° RSU 2049/1999 45005 AUTOS N° 318/99 OVIEDO-2 SENTENCIA N° 1.010/2000 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO, a veintiséis de mayo de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS, siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Iltmos. Sres. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Dª. MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ, Dª. MARIA DEL CARMEN PRIETO FERNANDEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por D. Constantino , contra la sentencia del Juzgado de lo Social n° 2 de Oviedo, ha sido ponente Ilma. Sra. Dña. MARIA DEL CARMEN PRIETO FERNANDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por D. Constantino , en reclamación de Jubilación, siendo demandado Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social y celebrado el acto del juicio oral, por el mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha ocho de junio de mil novecientos noventa y nueve por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - El actor D. Constantino , nacido el 16 de octubre de 1.949, que figura afiliado a la Seguridad Social con el núm. NUM000 , trabajó en distintas empresas correspondientes al Régimen General y al Régimen Especial de la Minería del Carbón.

  2. - En virtud de resolución administrativa de fecha 2 de enero de 1.979 el referido trabajador fue declarado en situación de Invalidez Permanente Absoluta derivada de enfermedad profesional de silicosis, con cargo al Régimen General de la Seguridad Social.

  3. - El referido trabajador durante el período comprendido entre el 23 de enero de 1.961 y el 6 de agosto de 1.969 trabajó en actividad de explotación de minas de carbón durante un total de 1.639 días, y como afiliado al Régimen General, en minas con riesgo pulvígeno, un total de 3.393 días comprendidos dentro del período 13 de agosto 1.969-23 enero 1.979.

  4. - Como consecuencia de los trabajos a que se ha hecho referencia acredita el actor una bonificación de edad de 778,5 días por los trabajos realizados en minas de carbón y de 1.681,4 días por trabajos realizados en el Régimen General y sometidos a riesgo pulvígeno.

  5. - Solicitó el actor la pensión de Incapacidad Permanente Absoluta en cuantía correspondiente a jubilación con fecha 13 de enero de 1.999, siendo denegada su solicitud el 19 de enero de 1.999, formula reclamación previa el 10 de...

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