STSJ Asturias , 31 de Marzo de 2000

PonenteLUIS QUEROL CARCELLER
ECLIES:TSJAS:2000:1228
Número de Recurso1883/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Marzo de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: 2 OVIEDO 55820 PLAZA PORLIER, S/N Número de Identificación Único: 33000 3 0200528 /2000 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1883 /1996 Sobre OTROS TRIBUTOS De D/ña. Juan Manuel Procurador/a Sr/a. PILAR ORIA RODRÍGUEZ Contra D/ña. TEARA ABOGADO DEL ESTADO Recurso nº: 1.883 de 1.996 Sección segunda SENTENCIA Nº 369 Ilmos. Sres.:

Presidente:

Don Luis Querol Carceller Magistrados:

Don Antonio Robledo Peña Doña Olga Glez Lamuño Romay En Oviedo, a treinta y uno de marzo de dos mil

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Iltmos Sres Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 1883 de 1.996 interpuesto por Don Juan Manuel representado por las procuradora Srª Pilar Oria Rodríguez y bajo la dirección del letrado Don Francisco José Gómez Llamedo contra resolución del T.E.A.R.A. de fecha 31 de julio de 1.996 por la que se desestima la reclamación interpuesta contra el acta de disconformidad Nº NUM000 por el concepto tributario impuesto sobre la Renta d e las Personas Físicas ejercicio 1.988.

La Administración demandada esta representada por el Srº Abogado del Estado Siendo Ponente el Iltmo. Srº Magistrado D. Luis Querol Carceller .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El presente recurso fue interpuesto el día 12 de noviembre de 1.996, admitido a tramite se dio al mismo la publicidad legal y se reclamo el expediente administrativo; recibido se confirió traslado a la parte recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma a medio de escrito de fecha 12 de febrero de 1.997, en el que hizo una relación de hechos, que en los sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, se dicte sentencia por la que se anule la Resolución de méritos y en consecuencia la resolución de la Oficina Técnica de la inspección de los Tributos del Estado, con todo lo que en derecho proceda.

Por medio de otrosí solicito el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Conferido Traslado a la administración demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan o contradigan a lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y termino suplicando que previos los tramites legales se dicte en su día sentencia por la que...

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