STSJ Cantabria , 3 de Marzo de 2000

PonenteMARIA DE LAS MERCEDES SANCHA SAIZ
ECLIES:TSJCANT:2000:386
Número de Recurso1183/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2000
EmisorSala de lo Social

Sentencia Núm. 233/00 Rec. Núm. 1.183/99.

Sec. Sra. Colvée Benlloch.

PRESIDENTE Ilmo. Sr. D. Francisco Martínez Cimiano MAGISTRADOS Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias En Santander, a tres de marzo de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Ilmos. Sres citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por D. Juana contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Dos de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por el Instituto Nacional de Empleo siendo demandada Dª. Juana , sobre prestación, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia el 22 de julio de 1.999 , en los términos que se recogen en su parte dispositiva. 1

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - Por sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de esta ciudad de fecha 16 de abril de 1.998 (autos 126/98 se declaró improcedente el despido de la demandada Juana , condenando a la empresa a optar por la indemnización o la readmisión. La sentencia obra en autos y se da por reproducida.

  2. - La empresa optó por la readmisión y se lo comunicó a la actora para que se incorporara al trabajo el día 20 de abril de 1.998.

  3. - Mediante Auto dictado por el Juzgado el lo de junio de 1.998 , se declara extinguida la relación laboral por readmisión irregular. Este Auto fue recurrido en Reposición y confirmado por Auto de 9 de julio 1.998 dictado por el mismo Juzgado.

  4. - El 21 julio 1.998 la demandada solicita prestación por Desempleo que le es reconocido por el INEM en resolución de 21 julio 1.998 sobre una base reguladora de 2.783 ptas diarias cuatro meses de duración, porcentaje del 30% y efectos económicos desde el 10 de julio 1.998.

  5. - Mediante sentencia dictada por el TSJ de Cantabria de fecha 28 septiembre 1.998 se estima parcialmente el Recurso de suplicación interpuesto por la empresa contra el auto de 9 de julio 1.998 y declara la inexistencia de readmisión irregular y desestima la extinción de la relación laboral.

  6. - El INEM formula demanda solicitándose declare la nulidad del acto administrativo de fecha 21 julio 1.998 por el que se le reconocieron a Juana prestaciones por Desempleo y se le condene a reintegrar al INEM la cantidad de 79.187 ptas percibidas.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos a Ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- La trabajadora fue despedida, declarándose el despido improcedente, el 16 de abril de 1.998, por sentencia firme del Juzgado...

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