STSJ Castilla y León , 23 de Octubre de 2000

PonenteEMILIO ALVAREZ ANLLO
ECLIES:TSJCL:2000:5240
Número de Recurso1262/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Social

Rec. Núm. 1.262/2.000 Ilmos. Sres.

D. Enrique Míguez Alvarellos Presidente D. José María Ramos Aguado D. Emilio Alvarez Anllo En Valladolid a veintitrés de Octubre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres anteriormente citados, ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 1.262/2.000, interpuesto por el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SALAMANCA contra Sentencia del Juzgado de lo Social núm. Uno de Salamanca de fecha 2 de mayo de 2.000, (Autos n° 225/2.000), dictada a virtud de demanda promovida por Dª María Milagros contra mencionado recurrente, sobre RECLAMACION DE CANTIDAD.

Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Emilio Alvarez Anllo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 27 de abril de 2.000, se presentó en el Juzgado de lo Social de Salamanca, demanda formulada por la parte actora, en la que solicitaba se dictase Sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el Juicio, se dictó Sentencia que estimaba parcialmente referida demanda.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes: "1°.- María Milagros ha realizado la limpieza del auditorio de San Blas desde el año 1.982 al 29.02.2.000. desde tal fecha, la limpieza se ha realizado puntualmente por Eulen y Miraver Puente Ladrillo S.L. a la espera de que se adjudique definitivamente tal servicio por el negociado de contratación. Su categoría laboral es la de Limpiadora. Ha estado dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe 932 de la Sección Primera, Servicios de Limpieza a partir del día 2 de enero de 1.997 y figura dada de baja el día 30 de abril de 1.998.

El denominado auditorio de San Blas es un bien incluido en la relación de bienes inmuebles de que es titular el Excmo. ayuntamiento de Salamanca y que se destina a la celebración de actividades culturales.

Entre las actividades para las que se le destina figuran: ensayos en la Banda Municipal de Música, Banda de Música de la ciudad de Salamanca, Coro Francisco Salinas, Coral Salmantina, -para ensayos de cantautores-, para actuaciones musicales o teatrales de grupos locales o foráneos.

El control de dicho centro lo realiza el ayuntamiento de Salamanca a través del Area de Educación, Cultura, Deportes y Juventud. Las actividades realizadas en dicho centro han sido similares desde el año 1.982 hasta la actualidad.

Desde el área de cultura se remitía a la actora a principios de cada mes una relación de las actividades programadas para cada día en dicho Auditorio.- 2°.- El Ayuntamiento demandado exigía a veces a los grupos que actuaban que dejaran limpio el auditorio. La demandante realizaba la limpieza del mismo abría y cerraba las puertas. Tenía llave del Auditorio y disponían también de llave: el área de Educación, Cultura, Juventud de Deportes, el Servicio de Mantenimiento, el responsable de la Banda Municipal y algún que otro particular como don Sergio . El acceso al Auditorio para personas ajenas al Ayuntamiento se hace a través de la Policia Local. En ocasiones -cuando ella no estaba, las puertas del auditorio eran abiertas o cerradas por un hijo de la actora.

Las horas de limpieza las establecía libremente la actora. Las de abrir y cerrar venían determinadas por el horario de actividades.- 3°.- Con fecha 29 de diciembre de 1.996 la demandante formula ante el Organismo Autónomo de Gestión Económica y Recaudación propuesta de limpieza de la sede del mismo durante el año 1.997, consistente en la prestación de los servicios de limpieza diaria de las instalaciones y Encendido y mantenimiento de la calefacción. La prestación de los servicios se realizaría por la cantidad mensual de 140.000 más I.V.A. dicha oferta es aceptada por el ayuntamiento demandado y en la propuesta de resolución, posteriormente aprobada, se tiene en cuenta que dichos trabajos han sido desempeñados desde el día 1 de julio de 1.991 por Dª María Milagros , bajo dependencia laboral de las distintas empresas concesionarias que han venido desarrollando tales servicios.

Por propuesta de resolución de 29 de diciembre de 1.997, propuesta aprobada por la alcaldía, se prorroga hasta él 30 de abril de 1.998 la contratación menor con Dª. María Milagros del servicio de limpieza de la sede social del O.A.G.E.R. El ayuntamiento demandado saca a concurso el servicio de limpieza de la sede del...

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