STSJ Andalucía , 4 de Julio de 2000

PonenteJOSE ANTONIO SANTANDREU MONTERO
ECLIES:TSJAND:2000:10213
Número de Recurso2426/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Julio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 2.426/96 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SENTENCIA NÚM. 1.029 DE 2.000 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Iltmo. Sr. Presidente:

D. José Antonio Santandreu Montero Iltmos. Sres. Magistrados D. Federico Lázaro Guil D. Rafael Toledano Cantero

En la ciudad de Granada, a cuatro de julio de dos mil. Ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 2.426/1996 seguido a instancia de RECREATIVOS BAILEN, S.L., que comparece representada por la Procuradora Dª Mª Fidela Castillo Funes y dirigida por Letrado, siendo parte demandada el TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCIA, en cuya representación y defensa interviene el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso es 65.744 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Procuradora Sra. Castillo Funes, en la representación acreditada, se interpuso recurso contencioso-administrativo el día 10 de julio de 1996, contra la resolución de 25 de marzo de 1996 desestimatoria de la reclamación 23/1440/95. Admitido a trámite el recurso se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.

SEGUNDO

En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por suplicar a la Sala se dicte sentencia por la que se declare nula, anule o revoque y deje sin efecto las resoluciones recurridas y las liquidaciones de que traen causa, acordando la devolución de las cantidades indebidamente ingresadas en el ejercicio 1995 que ascienten a SESENTA Y CINCO MIL SETECIENTAS CUARENTA Y CUATRO PESETAS (65.744 PTAS) más sus intereses legales, por ser improcedente la elevación de la Tasa Fiscal sobre el Juego efectuada en virtud de la Circular 1/92 de 7 de Enero de la Dirección General de Tributos del Ministerio de Economía y Hacienda, declarada nula de pleno derecho, imponiendo a la Administración las costas del presente procedimiento y adoptando cuantas medidas y providencias sean necesarias para la plena efectividad del derecho de la reclamante.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó la desstimación del recurso y se confirme el acto recurrido, toda vez que el mismo es en todo conforme a derecho.

CUARTO

Acordado el recibimiento a prueba por plazo de treinta días comunes a las partes para proponer y practicar, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta.

QUINTO

Declarado concluso el período de prueba y al no solicitar las partes la celebración de vista pública, ni estimarse necesario por la Sala, se acordó darles traslado para conclusiones escritas, cumplimentándose el mismo por la parte actora, y presentándose escrito por el Sr. Abogado del Estado en el que suplica se tenga a esa parte por allanada a la pretensión de nulidad ejercitada, manteniendo en cuanto a la devolución la oposición deducida en tanto no se acredite por el actor el pago del exceso. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.

Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. Don José Antonio Santandreu Montero.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Doña María Fidela Castillo, Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de RECREATIVOS BAILEN S.L. interpuso el 10 de julio de 1996 Recurso Contencioso Administrativo contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, Sala de Granada, de 25 de marzo de 1996, expediente número 23/1440/95 que desestimó la reclamación económico administrativa promovida contra la Resolución del Delegado Provincial en Jaén de la Consejería de Economía y Hacienda de la...

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