STSJ Andalucía , 28 de Abril de 2000

PonenteJOSE ANTONIO MONTERO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAND:2000:6361
Número de Recurso3342/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Abril de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Ilmos. Magistrados:

Sr. D. Antonio Moreno Andrade.

Sr. D. Eduardo Herrero Casanova.

Sr. D. José Antonio Montero Fernández .

En la ciudad de Sevilla, a 28 de abril de 2000. Vistos los autos 3342/97, seguidos ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el que han sido parte actora D. Alvaro y Dª. Ángela , representados por el Proc. Sr. Martín Toribio y demandada la Consejería de Obras Públicas y Transportes, representada y asistida par el Sr. Letrado de la Junta de Andalucía, de cuantía indeterminada y turnándose la ponencia al fimo. Sr. D. José

Antonio Montero Fernández, se ha dictado esta en base a los siguientes ANTECEDENTES

PRIMERO

Interpuesto el recurso contencioso-administrativo, se presentó la demanda dentro del plazo legal.

SEGUNDO

La parte demandada en su contestación a la demanda solicitó una sentencia confirmatoria de las Resoluciones recurridas.

TERCERO

Las partes presentaron en tiempo sus escritos de conclusiones.

CUARTO

Señalado día para su votación y Fallo esta tuvo lugar con el resultado que a continuación se expone.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El presente recurso se interpone contra la resolución de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de 24 de septiembre de 1997, desestimatoria del recurso ordinario deducido contra resolución de 17 de marzo de 1997 por la que se denegó la autorización para la construcción de venta en la Carretera CA-211 (Medina Sidonia-Benalup).

Solicita la parte actora en su demanda que se dicte sentencia por la que anulando las referidas resoluciones se condene a la Administración a conceder la autorización solicitada por los recurrentes y subsidiariamente se aprecie la responsabilidad patrimonial de la Administración, en base al informe de viabilidad emitido por la Administración en fecha 27 de junio de 1994 (sic) y que posteriormente la misma Administración desvirtúa al no conceder la autorización.

SEGUNDO

Consta que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en su reunión de 30 de junio de 1994 que a la solicitud de construcción de venta en el cruce de la carretera

Medina Sidonia-Benalup (CA-343 y CA-211), se informó favorablemente siempre y cuando la licencia de obras sea solicitada con posterioridad a la aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias aprobadas provisionalmente por el Ayuntamiento en 10 de diciembre de 1993.

Cumplida la condición impuesta de aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias y solicitada autorización para construcción de venta en la carretera CA-211. Existe informe de 25 de noviembre de 1996, que se acompaña con la resolución denegatoria, del Servicio de Carreteras en el que se afirma que en el Convenio de la Junta de Andalucía con el Ministerio de Fomento está contemplado que se construirá el enlace de la A-381 (C-440) con la N-340 en Vejer; Las distintas alternativas de dicho vial coinciden en pasar por la actual C-343 en las proximidades del cruce con la CA-211 y el consiguiente enlace con la mismas esto implica que permitir la construcción de la venta en este lugar conlleva hipotecar el enlace y posiblemente su expropiación en un futuro; informando desfavorablemente, si bien advierte que de concederse la autorización debe darse fuera de la zona de afección de la carretera; añadiendo que tema importante es el de los accesos, cruzando en la actualidad una cañada que cruza la CA-211 y no están permitidos accesos a la calzada de vehículos, no siendo posible acondicionar el cruce para la entrada y salida de vehículos debido a la proximidad de la intersección con la C-343. La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en 17 de marzo de 1997 acuerda denegar la autorización solicitada; denegación que tuvo como fundamento lo dispuesto en el art° 23.4 de la Ley 25/88, de 29 de julio y art° 83.3 del Real Decreto 1812/94, de 2 de septiembre , al existir Convenio de la Junta de Andalucía con el Ministerio de Fomento que contempla la construcción del enlace A-381 (C-440) Medina, con la N-340 en Vejer coincidiendo las distintas alternativas de dicho vial en pasar por la actual C-343 en las proximidades del cruce con la CA-211 y el consiguiente enlace con la misma, ubicación donde se plantea la construcción de la venta cuya autorización se solicita.

Interpuesto recurso ordinario contra la citada resolución, consta informe al recurso ordinario de 6 de junio de 1997 de la delegación de Obras Públicas y Transportes, en el que se afirma que está previsto en el trazado global de la autovía Jerez-Los Barrios un ramal de conexión Vejer- Barbate, siendo el punto más idóneo de...

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