STSJ País Vasco , 26 de Diciembre de 2000

PonenteJOSE ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA
ECLIES:TSJPV:2000:6286
Número de Recurso3146/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 3146/97 DE ORDINARIO SENTENCIA NUMERO 1273/00 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

Dª ANA ISABEL RODRIGO LANDAZABAL MAGISTRADOS:

D. JOSE ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA Dª MARIA DEL MAR DIAZ PEREZ En la Villa de BILBAO, a veintiséis de Diciembre de dos mil. La Sección SEGUNDA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 3146/97 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: la resolución de 23 de noviembre de 1994 de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social relativa al alta de un trabajador.

Son partes en dicho recurso: como recurrente DANZAS S.A. ,representado y dirigido por el Letrado EVELIO REILLO CASANUEVA Como demandada MINISTERIO DE TRABAJO Y S.S. -TGSS- -DIREC. PROV. BIZKAIA- , representado/a y dirigido/a por el Letrado/a LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Ha sido Magistrado Ponente el Iltmo Sr. D. JOSE ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA I.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 4 de juliod e 1.997 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que D./Dª. EVELIO REILLO CASANUEVA actuando en nombre y representación de DANZAS S.A., interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución de 23 de noviembre de 1994 de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social relativa al alta de un trabajador; quedando registrado dicho recurso con el número 3146/97.

El presente recurso, por disposición legal, se reputa de cuantía indeterminada

SEGUNDO

En el escrito de demanda , en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se deje sin efecto alguno el acto administrativo impugnado exonerando de toda responsabilidad a la recurrente.

TERCERO

En el escrito de contestación , en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime la demanda manteniendo en todos sus extremos las resoluciones impugnadas

CUARTO

El procedimiento se recibió a prueba, practicándose con el resultado que obra en autos .

QUINTO

En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

SEXTO

Por resolución de fecha 24/11/00 se señaló el pasado día 18/12/00 para la votación y fallo del presente recurso.

SEPTIMO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo se interpone por el letrado D. EVELIO REILLO CASANUEVA en nombre y representación de DANZAS, S.A. contra la resolución de 23 de noviembre de 1994 de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social relativa al alta de un trabajador.

Interesa la anulación de la resolución alegando que la Inspección de Trabajo levantó acta de liquidación nº667/94 por falta de alta y cotización del trabajador D. Luis Marroquín García por el periodo 1 de enero de 1991 a 9 de diciembre de 1992, por importe de 3,288.100 pesetas, presentando reclamación previa el 27 de octubre de 1994 alegando que por error el trabajador figuraba de alta en el centro de trabajo de Bilbao siendo así que prestaba servicios en Irún, lo que fue desestimado por la resolución aquí recurrida, que previamente recurrió ante el orden social de la jurisdicción que declaró su incompetencia para conocer de la causa. En suma alega que el periodo de cotización por el que se levantó el acta...

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