STSJ País Vasco , 11 de Noviembre de 2000

PonenteFRANCISCO JAVIER ZATARAIN VALDEMORO
ECLIES:TSJPV:2000:5416
Número de Recurso1212/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1212/97 DE ORDINARIO SENTENCIA NUMERO 1021/00 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. JUAN LUIS IBARRA ROBLES MAGISTRADOS:

D. FCO JAVIER ZATARAIN VALDEMORO DÑA. MARGARITA DIAZ PEREZ En la Villa de BILBAO, a once de Noviembre de dos mil. La Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 1212/97 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: la Resolución de 23 de enero de 1999 del Director General de Carreteras del Departamento de Transportes y Carreteras de la diputación foral de Guipúzcoa.

Son partes en dicho recurso: como recurrente Raúl y CIA DE SEGUROS ALLIANZ-RAS representados por la Procuradora DÑA. CONCEPCION IMAZ NUERE y dirigido por el Letrado D. ROQUE DE ARAMBARRI VAZQUEZ.

Como demandada DIPUTACION FORAL DE GUIPUZCOA, representado por la Procuradora DÑA.

BEGOÑA URIZAR ARANCIBIA y dirigido por el Letrado D. ANTTON IBARGUCHI.

Ha sido Magistrado Ponente el/la Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. FCO JAVIER ZATARAIN VALDEMORO.

I.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 14 de marzo de 1.997 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que la Procuradora Dª. CONCEPCION IMAZ NUERE y CONCEPCION IMAZ NUERE actuando en nombre y representación de D. Raúl Y CIA DE SEGUROS ALLIANZ-RAS, interpuso recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de 23 de enero de 1999 del Director General de Carreteras del Departamento de Transportes y Carreteras de la diputación foral de Guipúzcoa; quedando registrado dicho recurso con el número 1212/97.

La cuantía del presente recurso quedó fijada en 2.471.384 ptas.

SEGUNDO

En el escrito de demanda en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se condene a la Diputación Foral de Gipuzkoa a que indemnice a la Cía de seguros Allianz Ras en la cantidad de 2.411.984 pts y a D. Raúl en la cantidad de 59.400 pts., más los intereses legales correspondientes y las costas del procedimiento.

TERCERO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se inadmita o, subsidiarimente, desestimando el recurso, con condena en costas a los recurrentes.

CUARTO

El procedimiento se recibió a prueba, practicándose las que constan en autos.

QUINTO

En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

SEXTO

Por resolución de fecha 9/11/00 se señaló el pasado día 10/11/00 para la votación y Fallo del presente recurso.

SEPTIMO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales salvo el plazo para transcribir la Sentencia.

II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso-administrativo la pretensión anulatoria que formula don Raúl y en su nombre la Compañía de Seguros Allianz Ras contra la Resolución de 23 de enero de 1999 del Director General de Carreteras del Departamento de Transportes y Carreteras de la diputación foral de Guipúzcoa.

Subsidiaria de esa pretensión fundamental formula la de reconocimiento de una situación jurídica individualizada concretada en la condena a la administración demandada a indemnizar en favor de don Antonio la cantidad de 59.400 pesetas y en favor de la Compañía de Seguros Allianz Ras la cantidad de 2.411.984 pesetas.

La administración demandada defiende la plena conformidad a derecho de la resolución impugnada.

SEGUNDO

Son hechos relevantes para la resolución del presente recurso y que esta Sala declara probados, en virtud del expediente administrativo y la prueba practicada en autos los siguientes:

El día 9 de octubre de 1996 don Carlos Francisco era propietario del vehículo Citroen ZX matrícula G-....-UY , teniendo concertada la póliza de seguro a todo riesgo n° NUM000 con la compañía de seguros Allianz Ras, el citado vehículo era conducido ese día por Raúl . Al llegar al p.k número 12.6 de la carretera Gi-631, situado en el término municipal de Azpeitia, perdió el control del vehículo a causa de la disminución de adherencia de los neumáticos motivada por la existencia de una mancha de gasoil en la calzada, causada por una persona no determinada. El vehículo Citroen,...

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