STSJ País Vasco , 16 de Mayo de 2000

PonenteMODESTO IRURETAGOYENA ITURRI
ECLIES:TSJPV:2000:2665
Número de Recurso1336/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2000
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: 1336/99 SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO En la Villa de Bilbao, a 16 de Mayo de 2.000 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, formada por los Iltmos. Sres. DON PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en Funciones, DOÑA MARIA JOSE HERNANDEZ VITORIA y DON MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI Magistrados, ha pronunciado, EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por DON Fermín , DOÑA Almudena , DON Manuel y DOÑA Estefanía contra el auto del Juzgado de lo Social nº 3 (Donostia) de fecha veintidós de Febrero de mil novecientos noventa y nueve, dictada en proceso sobre EJECUCION, y entablado por DON Carlos Jesús frente a la empresa "HIJOS DE NICOMEDES ALBERDI S.A.".

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por Demanda y terminó por Auto, cuya relación de Hechos es la siguiente:

  1. -)En fecha 18.1.99 se dictó Auto acordando proseguir la ejecución frente a D. Victor Manuel , D. Manuel , D. Fermín , Dª Almudena y Dª Estefanía , de manera personal y solidaria, como consecuancia de la comparecencia celebrada el 13.1.99.

  2. -) Con fecha 1.2.99 D. Fermín , Dª Almudena , D. Manuel y Dª Estefanía interpusieron recurso de reposición contra el citado Auto.

  3. -) Con fecha 12.2.99 el Fondo de Garantía Salarial impugnó el recurso de reposición.

SEGUNDO

La Parte Dispositiva del mencionado Auto dice:

"Que desestimo el recurso de reposición interpuesto por D. Fermín , Dª Almudena , D. Manuel y Dª

Estefanía frente al auto de 18.1.99, confirmando el mismo en su integridad.

TERCERO

Frente a dicha resolución se interpuso el recurso de Suplicación ya reseñado que fue impugnado de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

.- Desestimado por Auto de 22.2.99 el recurso de reposición interpuesto por D. Fermín , Dª Almudena , D. Manuel y Dª Estefanía frente al anterior Auto de 18.1.99, en el que se acordaba la ampliación frente a los mismos de la ejecución seguida contra la empresa "Hijos de Nicomedes Alberdi S.A." por la deuda contraida con el trabajador D. Carlos Jesús , en la que se subrogó el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), por los mismos recurrentes se interpone recurso de suplicación (anunciado en plazo según ha resultado de la prueba acompañada al escrito de alegaciones presentado en respuesta al traslado dado a las partes por esta Sala) al objeto de que se revoquen las resoluciones anteriores y se declare no haber lugar a proseguir la ejecución contra ellos. El recurso es impugnado por el FOGASA.

SEGUNDO

La problemática que aquí se plantea no es nueva, puesto que esta Sala ya ha tenido ocasión de pronunciarse en asunto similar (ampliación de la ejecución contra los hoy recurrentes en la seguida contra la misma empresa "Hijos de Nicomedes Alberdi S.A." por deudas contraidas con otro trabajador) en sentencia de 20 de julio de 1999 (recurso nº 1337/99), por lo que, ya analizadas allí las distintas cuestiones planteadas en relación a la procedencia o no de la ampliación acordada en la instancia por el mismo Juzgado de lo Social nº 3 de los de Donostia-Gipuzkoa a través de autos de iguales fechas a los que aquí se recurren, pasamos a reproducir los mismos fundamentos de derecho de aquélla sentencia.

"Son varias las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS, 12 de Julio de 2004
    • España
    • July 12, 2004
    ...es la que la Mutua ha recurrido para la unificación de doctrina, señalando como contradictorias las sentencias del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 16 de mayo de 2.000 y 25 de septiembre de 2.001, para cada uno de los motivos de Niega la dirección letrada del INSS que entre l......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR