STSJ País Vasco , 10 de Marzo de 2000

PonenteJOSE FELIX MARTIN CORREDERA
ECLIES:TSJPV:2000:1304
Número de Recurso4171/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 4171/96 DE ORDINARIO SENTENCIA NUMERO 266/2000 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DOÑA ANA ISABEL RODRIGO LANDAZABAL MAGISTRADOS:

DON JOSE FELIX MARTIN CORREDERA DOÑA MARGARITA DIAZ PEREZ En la Villa de BILBAO, a diez de Marzo de dos mil. La Sección SEGUNDA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 4171/96 y sus acumulados nº 4646/96, y nº 3160/98, seguidos por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna la resolución de 30-7-96 del Departamento de Transportes y Obras Públicas del Gobierno Vasco desestimatoria de los Recurso Ordinarios interpuestos contra la resolución de 2.5-96, por las que se acuerda la supresión del paso a nivel de Atxaga en el punto kilométrico 2,525 de la Línea Donosti-Hendaia.

Son partes en dicho recurso: como recurrente Marisol , María Milagros , representada por la Procuradora PATRICIA ZABALEGUI y dirigidas por la Letrada ISABEL GONZALEZ - Dª Esther , representada por la Procuradora MARTA EZCURRA FONTAN y dirigida por el Letrado EMILIO ESPEJO.

Como demandada GOBIERNO VASCO, representada y dirigida por el LETRADO DEL GOBIERNO VASCO.

Como codemandado EUSKO TRENBIDEAK, representado por la Procuradora MARIA TERESA BAJO AUZ y dirigido por el Letrado CARLOS BARRIO.

Ha sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSE FELIX MARTIN CORREDERA

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 11 de octubre de 1.996 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que Dª. PATRICIA ZABALEGUI ANDONEGUI y MARTA EZCURRA FONTAN actuando en nombre y representación de María Milagros Y Marisol Y Esther , interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución de 30-7-96 del Departamento de Transportes y Obras Públicas del Gobierno Vasco desestimatoria de los Recurso Ordinarios interpuestos contra la resolución de 2.5-96, por las que se acuerda la supresión del paso a nivel de Atxaga en el punto kilométrico 2,525 de la Línea Donosti-Hendaia; quedando registrado dicho recurso con el número 4171/96.

El presente recurso, por disposición legal, se reputa de cuantía indeterminada

SEGUNDO

Por Auto de fecha 14 de diciembre de 1.998, la Sala acuerda acumular a este procedimiento los recursos contenciosos administrativos números 4646/96 y 3160/98, siguiendose todos ellos en un solo procedimiento.

TERCERO

En los respectivos escritos de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellas expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se acuerde dejar sin efecto la Resolución de fecha 30 de Julio de 1.996, dictada por la Viceconsejería de Transportes y Obras Públicas del Gobierno Vasco, declarando la no conformidad a derecho del acto administrativo impugnado, anulando y declarando dejar sin efecto el mismo con los demás pronunciamientos que en derecho correspondan.

CUARTO

Por el Letrado del Gobierno Vasco, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que desestimen los recursos.

-Por su parte la Procuradora Maria Teresa Bajo Auz en representación de Eusko-Trenbideak en sus contestaciones a la demanda en el recurso contencioso administrativo nº 4171/96 y sus acumulados 4646/96 y 3160/98, solicita de la Sala el dictado de una sentencia por la que se desestime la demanda formula declarando la conformidad a derecho de la resolución impugnada.

QUINTO

El procedimiento se recibió a prueba por haberlo solicitado las partes y estimarlo necesario la Sala.

SEXTO

En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

SEPTIMO

Por resolución de fecha 06/03/00 se señaló el pasado día 07/03/00 para la votación y fallo del presente recurso OCTAVO.- En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo la resolución de 30-7-96 del Departamento de Transportes y Obras Públicas del Gobierno Vasco desestimatoria de los Recurso Ordinarios interpuestos contra la resolución de 2.5-96, por las que se acuerda la supresión del paso a nivel de Atxaga en el punto kilométrico 2,525 de la Línea Donosti-Hendaia.

SEGUNDO

Las recurrentes, doña Esther , doña Marisol y doña María Milagros , son propietarios de varios chalés construidos a principios de siglo al sitio de Atxaga, en el Paseo de Zorrogaga de San Sebastián, y que son denominados como villas Erdikoa, Ezkerrekoa y Ezkubikoa, las cuales han tenido su acceso a través del paso a nivel practicado en el kilómetro 3/550 del F.C. de San Sebastián a Hernani, actualmente punto kilométrico 2,525 de la Línea Donosti-Hendaia, a virtud de autorización concedida por la Sección de Ferrocarriles el 9...

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