STSJ Extremadura , 13 de Julio de 2000

PonenteWENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
ECLIES:TSJEXT:2000:1597
Número de Recurso1581/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Julio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA N° 1135 PRESIDENTE DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DON ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FÁTIMA DE LA CRUZ MERA/

En Cáceres a trece de julio de dos mil.- Visto el recurso contencioso administrativo n° 1581 de 1997, promovido por el Procurador D. Jorge Campillo Alvarez, en nombre y representación del recurrente DON Emilio , siendo demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado; recurso que versa sobre: resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, de 14 de diciembre de 1.994 (expediente P-10.426/88), por la que se accedía a la inscripción en el Registro de Aguas, Sección C, de aprovechamientos temporales de aguas privadas, un pozo existente en una finca de su propiedad, parcela 13 del polígono 7, término municipal de Ballesteros de Calatrava (Ciudad Real), con un caudal de 4.278 metros cúbicos por hectárea y año, salvo que se tratase de terrenos con cultivo de viñas, en que se reducía el caudal a 2.000 metros cúbicos por hectárea y aguas; todo ello referido a 2,88 hectáreas.- Cuantía.- Indeterminada.-

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.-

TERCERO Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y Fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. WENCESLAO OLEA GODOY II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO

S.- PRIMERO.- Somete a la consideración de este Tribunal el Sr. Emilio , la legalidad de la resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, de 14 de diciembre de 1.994 (expediente P-10.426/88), por la que se accedía a la inscripción en el Registro de Aguas, Sección C de aprovechamientos temporales de aguas privadas, un pozo existente en una finca de su propiedad, parcela 13 del polígono 7, término municipal de Ballesteros de Calatrava (Ciudad Real), con un caudal de 4.278 metros cúbicos por hectárea y año, salvo que se tratase de terrenos con...

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