STSJ La Rioja , 11 de Octubre de 2000
Ponente | JOSE IGNACIO RUIZ DE PALACIOS VILLAVERDE |
ECLI | ES:TSJLR:2000:880 |
Número de Recurso | 1064/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 11 de Octubre de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
En Logroño a Once de Octubre de Dos Mil. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, compuesta por los Magistrados Ilmos. Srs. D. Valentín de la Iglesia Duarte, que la preside, y D. José Luis Díaz Roldán, y completada por el Magistrado Suplente Ilmo. Sr. D. José Ignacio Ruiz de Palacios Villaverde, pronuncia, EN NOMBRE DEL REY y bajo ponencia del Magistrado Ilmo. Sr. D. José Ignacio Ruiz de Palacios Villaverde, la siguiente:
S E N T E N C I A N°548 Vistos los autos correspondientes al recurso contencioso-administrativo sustanciado en esta Sala bajo el número 1064/1998 y tramitado con arreglo a las normas del procedimiento especial en materia de personal, a instancia de DON Arturo , funcionario que postula por sí mismo, siendo demandado el MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA, representado y defendido, a su vez, por el SR. ABOGADO DEL ESTADO; recurso cuya cuantía es indeterminada.
I
Mediante escrito presentado el 1 de Diciembre de 1998 se interpuso ante esta Sala y a nombre de DON Arturo recurso contencioso-administrativo contra Resolución de la Dirección General de Personal y Servicios, de fecha 25 de Septiembre de 1998, desestimatoria de la solicitud de 13 de Julio de 1998, para prestar sus servicios durante el curso 1998/99 en La Rioja.
Inicialmente admitido a trámite dicho recurso, se publicó el preceptivo anuncio general y se recabó el correspondiente expediente administrativo, recibido el cual, se confirió traslado a la parte recurrente para que formulara su demanda, como así lo hizo mediante escrito presentado el 21 de Diciembre de 1999, exponiendo en él los hechos propios del caso y articulando los fundamentos jurídicos que reputaba aplicables al mismo, para terminar con unos pedimentos del tenor literal siguiente: "SUPLICO:
dicte sentencia en su día estimando el recurso contencioso- administrativo interpuesto por esta parte contra la Resolución de fecha 25 de Septiembre de 1998 de la Dirección General de Personal y Servicios, Sección de Régimen de Profesorado de Bachillerato, por la que se deniega a esta parte la concesión de una comisión de servicios para desempeñar su labor docente en La Rioja durante el curso 1998/99, permaneciendo así en el ámbito territorial donde desempeñaba un cargo en la Corporación local de Quel. Y, consiguientemente sea declarada contraria a derecho la resolución recurrida y se reconozca a esta parte el derecho que le asistía en el año 1998/99 a permanecer en su centro de trabajo u otro en el ámbito de La Rioja mientras durara el cargo político antes indicado. Así como en años posteriores si concurrieran idénticas circunstancias. Con expresa imposición de costas a la Administración demandada obligándole además a resarcir a esta parte del daño causado con su actuación de mala fe manifiesta".
Trasladada la demanda al representante procesal de la Administración demandada, evacuó el trámite de contestación, oponiéndose a ella en los términos de hecho y de derecho que entendió oportunos, y solicitando finalmente la desestimación del recurso.
No habiéndose...
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