STSJ Extremadura 135/2010, 18 de Febrero de 2010

PonenteRAIMUNDO PRADO BERNABEU
ECLIES:TSJEXT:2010:305
Número de Recurso883/2008
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución135/2010
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD

CACERES

SENTENCIA: 00135/2010

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres.

Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey ha dictado la siguiente :

SENTENCIA Nº 135

PRESIDENTE : DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO

MAGISTRADOS

DON MERCENARIO VILLALBA LAVA

DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU

DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS

DON JOSÉ MARÍA SEGURA GRAU/

En Cáceres a dieciocho de febrero de dos mil diez .Visto el recurso contencioso administrativo nº 883 de 2008, promovido por D. Abel, siendo demandada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado; recurso que versa sobre: Resolución del Director General de la Policía y la Guardia Civil de 13 de marzo de 2008 y relativa a abono de parte correspondiente en las pagas extraordinarias del complemento específico hasta la total integración del componente especial y singular.

C U A N T I A : Indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.-SEGUNDO: Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada ; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.-TERCERO: No habiéndose solicitado por ninguna de las partes el recibimiento del pleito a prueba y no estimándose necesario por la Sala, se señaló seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.-CUARTO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales;

Siendo Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se somete a Recurso la Resolución del Director General de la Policía y la Guardia Civil de 13 de marzo de 2008 y relativa a abono de parte correspondiente en las pagas extraordinarias del complemento específico hasta la total integración del componente especial y singular.

SEGUNDO

En el supuesto que nos ocupa y como ya se exponía en la Providencia de 14 de septiembre de 2009, se aprecia una posible causa de inadmisibilidad y decimos esto porque el Recurso interpuesto frente a una concreta...

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