STSJ Cataluña , 31 de Mayo de 2000

ECLIES:TSJCAT:2000:7238
Número de Recurso914/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA Recurso n° 914/96 Partes: D. Humberto C/ DEPARTAMENT DE JUSTICIA SENTENCIA N° 572/2000 En la ciudad de Barcelona, a treinta y uno de mayo de dos mil. D. FRANCISCO JOSÉ SOSPEDRA NAVAS, Magistrado de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, (Sección Cuarta), ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n° 914/96, interpuesto por D. Humberto , representado y defendido por el letrado D. SERGIO SOLANAS TORRALBO, contra EL DEPARTAMENT DE JUSTICIA, representado y defendido por el letrado de la Generalitat.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el letrado citado anteriormente, actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución de fecha 22-2-96 por la que se imponía al demandante la sanción de dieciséis días de suspensión de funciones con pérdida de retribuciones por la comisión de una falta grave de incumplimiento grave de los deberes las obligaciones derivadas de la función encomendada al funcionario.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales. Se significa que la presente sentencia se dicta por un solo Magistrado, al amparo de la Disposición Transitoria única de la Ley Orgánica 6/1988, de 13 de julio , y del Acuerdo del Pleno de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 30 de abril de 1999.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de impugnación la resolución del Secretari General del Departament de Justicia de fecha 22 de febrero de 1996 que imponía al demandante la sanción de dieciséis días de suspensión de funciones con pérdida de retribuciones por la comisión de una falta grave de incumplimiento grave de los deberes y las obligaciones derivadas de la función encomendada al funcionario.

La impugnación se basa tanto en motivos de orden procedimental, al alegarse vicios determinantes de nulidad de actuaciones, como por motivos de fondo, al alegarse que la conducta sancionada no ha quedado probada e impugnarse la calificación de la infracción.

Por razones de sistemática, deberán ser examinados en primer lugar los motivos de orden procedimental, para seguidamente pasar a estudiar los motivos de fondo.

SEGUNDO

En el orden procedimental, se alega que se infringe el principio de contradicción en la tramitación del expediente y que el recurrente no fue asistido por letrado en la declaración.

La asistencia letrada en sede de expediente disciplinario está prevista como un derecho del interesado, y en este sentido resulta del expediente que el...

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