STSJ Cataluña , 12 de Enero de 2000

PonenteIGNACIO MARIA PALOS PEÑARROYA
ECLIES:TSJCAT:2000:310
Número de Recurso4507/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución12 de Enero de 2000
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 4507/1999 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL asm ILMO. SR. D. JOSÉ CÉSAR ÁLVAREZ MARTÍNEZ ILMO. SR. D. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL ILMO. SR. D. IGNACIO MARÍA PALOS PEñARROYA En Barcelona a 12 de enero de 2000 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 241/2000 En el recurso de suplicación interpuesto por Carlos Antonio frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº16 Barcelona de fecha 12 de febrero de 1999 dictada en el procedimiento nº 1106/1998 y siendo recurrido/a VGN Química s.l., FOGASA y Carolina . Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. D. IGNACIO MARÍA PALOS PEñARROYA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 13 de octubre de 1998 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclamación cantidad, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 12 de febrero de 1999 que contenía el siguiente Fallo:

Que estimando en parte la demanda formulada por D. Carlos Antonio frente a la empresa VGN QUÍMICA S.L. y Dª. Carolina , debo condenar y condeno a la empresa a abonar la suma de 1.196.145 pts. al demandante.

Igualmente debo absolver y absuelvo a la codemandada Dª. Carolina , DIRECCION000 de la empresa.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1º.- El actor D. Carlos Antonio , con D.N.I. NUM000 , prestaba sus servicios para la empresa VGN QUÍMICA S.L., sufriendo un accidente de trabajo el 17.11.95. Como consecuencia de dicho accidente permaneció en situación de Incapacidad temporal desde el 17.11.95 hasta el 31.3.97, percibiendo un subsidio de 2.850 pts/día equivalentes al 75% de su base reguladora de 3.800 pts/día.

Por sentencia del Juzgado Social nº 7 de esta ciudad, de fecha 20.3.98 , fue declarado en situación de Invalidez Permanente Parcial derivada de accidente de trabajo sufrido el 17.11.95, con derecho a percibir la indemnización de 2.736.000 pts. (doc. 3).

Por sentencia nº 451/97 de fecha 12.6.97 dictada por el Juzgado de lo Social nº 10 de Barcelona , se declaró la responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, con un recargo del 30 por 100 de las prestaciones económicas derivadas del accidente laboral sufrido por el actor el 17.11.95, condenando a la empresa demandada VGN QUÍMICA S.L. en estos términos (doc. 1 actora).

  1. - La empresa no ha abonado cantidad alguna, por lo que adeuda al actor la suma de 1.196.145 pts. que resulta de:

    - Incapacidad temporal:

    2.850 X 30% = 855 X 439 días = 375.345 pts. - I.P. Parcial:

    2.736.000 X 30% = 820.800 pts. 3º.- La codemandada Dª. Carolina fue nombrada DIRECCION000 en la constitución de la sociedad.

    En fecha 18.4.97 la empresa solicitó suspensión de pagos, habiendo sido autorizado por ello en su calidad de DIRECCION000 la codemandada y ello por unanimidad de la Junta General Extraordinaria y Universal celebrada el 25.3.97 (doc. 8).

    Habiendo sido admitida a trámite por Propuesta de Providencia de 19.5.97 dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Sabadell (Suspensión de pagos nº 0165/97), se dictó Auto el 1.10.97 en que se tuvo por renunciada a las acciones derivadas del procedimiento de suspensión de pagos, en base a las manifestaciones de la DIRECCION000 de archivar renunciando a la continuidad del procedimiento.

    La empresa ha cesado su actividad y desaparecido del domicilio, cerrando sus puertas.

  2. - Presentada papeleta de conciliación el 15.4.98 se celebró el acto administrativo sin avenencia el 29.4.98.

    En el acto del juicio la empresa se allanó a la pretensión actora, oponiendo la DIRECCION000 su falta de responsabilidad."

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que Carolina y VGN Química, SL impugnaron, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - Recurre en suplicación D. Carlos Antonio la Sentencia que estimó su demanda en reclamación de cantidad contra la empresa VGN Química, S.L. y absolvió de la misma a la DIRECCION000 de la citada empresa Dª Carolina , formulando un único motivo al amparo del apartado c) del articulo 191 de la ...

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