STSJ Murcia , 27 de Marzo de 2000

PonenteFRANCISCO MARTINEZ MUÑOZ
ECLIES:TSJMU:2000:998
Número de Recurso118/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2000
EmisorSala de lo Social

3 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA REGION DE MURCIA

SALA DE LO SOCIAL P.L. Recurso número 118/2.000 ILTMO. SR. D. FRANCISCO MARTINEZ MUÑOZ Presidente.

ILTMO. SR. D. JOSE LUIS ALONSO SAURA ILTMO. SR. D. JOAQUIN A. DE DOMINGO MARTINEZ En la ciudad de Murcia a veintisiete de Marzo del año dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilustrísimos Señores citados, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente:

S E N T E N C I A NUM: 441 En el Recurso de Suplicación interpuesto por Dª Carina frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social número Dos de Murcia , dictada en proceso número 423/99, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO MARTINEZ MUÑOZ, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Carina , en reclamación de Alta Médica, siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL E INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado Sentencia en fecha 26 Noviembre de 1.999 por el Juzgado de lo Social de referencia, por la que se desestimó la pretensión de la parte actora.

SEGUNDO

En la citada Sentencia, y como hechos probados, se declaraban: "PRIMERO.- La demandante, Dª Carina , nacida el día 3 de junio de 1945, se encuentra afiliada a la Seguridad Social con el numero NUM000 y ha sido alta en el Régimen Especial Agrario, sector cuenta propia, por la realización de los trabajos propios de su profesión habitual de trabajadora agrícola por cuenta propia. SEGUNDO.- La demandante fue dada de baja para el trabajo, por los Servicios Médicos del "INSALUD", en fecha 13 de agosto de 1998, con el diagnóstico de "espondiloartrosis", permaneciendo en tal situación hasta que en fecha 22 de marzo de 1999, fue dado de alta por los mismos Servicios Médicos, haciéndose constar en el parte de alta que la causa de ésta era la de "curación con secuelas". TERCERO.- La demandante, por medio de la demanda iniciadora de las presentes actuaciones, impugna el alta médica de fecha 22 de marzo de 1999, emitida por el "INSALUD". CUARTO.- La demandante, a la fecha del alta que se impugna, presentaba el cuadro patológico que, a continuación, se indica: -Espondiloartrosis grado II. - Acuñamiento de L1. -Protusión global L4-L5. El referido cuadro patológico, que la demandante presentaba a la fecha del alta impugnada, era de naturaleza crónica y degenerativa. QUINTO.- La demandante presentó reclamación previa, que fue desestimada por silencio administrativo. SEXTO.- Por medio de resolución del "INSS" de fecha 14 de octubre de 1999, se reconoció a la demandante pensión de Incapacidad Permanente Total, en base al siguiente cuadro clínico residual: "Hipoacusia neurosensorial bilateral; protusión discal L4-L5; espondilolistesis derecha L3-L4; fractura acuñamiento L1, escoliosis dorso-lumbar grado II, osteoporosis"."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que...

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