STSJ Comunidad de Madrid , 29 de Diciembre de 2000

PonenteALFREDO ROLDAN HERRERO
ECLIES:TSJM:2000:15881
Número de Recurso867/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA RECURSO Nº 867/97 SENTENCIA N° 1.547 PRESIDENTE D. Alfredo Roldán Herrero MAGISTRADOS:

Dª Clara Martínez de Careaga y García Dª Fátima Arana Azpitarte D. Fernando de Mateo Menéndez D. José Daniel Sanz Heredero Dª María Jesús Vegas Torres En Madrid, a veintinueve de diciembre de dos mil. Vistos los autos del recurso número 867 de 1.997 que ante esta Sala ha promovido la Procuradora Dª. Rosa Sorribes Calle, en nombre y representación de BARCREST LIMITED, sobre marca. Ha sido parte LA OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS, representada por el Sr. Abogado del Estado y D. Fernando representado por el Letrado D. Javier del Valle Sánchez. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Alfredo Roldán Herrero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso-administrativo mediante escrito presentado en fecha 17-4-97, acordándose su admisión en fecha 21-4-97 con todo lo demás procedente en derecho.

SEGUNDO

En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó demanda mediante escrito presentado en fecha 9-10-97, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho oportunos, suplicó la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

TERCERO

El Sr. Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado en fecha 25-11-97 en el cual suplicó la desestimación del recurso. La parte codemandada se opuso a la demanda con fecha 23-12-97 suplicando la desestimación del recurso.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba por auto de fecha 9-1-98 , se propuso por la parte actora la documental y pericial, admitiéndose con el resultado que obra en autos y en su caso se analizará.

QUINTO

Dado traslado a las partes para conclusiones, formalizaron sus escritos ratificando sus pedimentos. Se señaló para votación y Fallo el día 7-12-2.000 en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso- administrativo resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 5-3-96 que acordaba el acceso al registro de la marca Escalera Tobogán nº 1.939.943, pedida por Dª. Julieta , luego D. Fernando , para la clase 9 (máquinas recreativas con monedas o fichas). Interpuesto recurso por Barcrest Limited, se desestimó por resolución de 4-12-96.

SEGUNDO

Todo el sistema de protección que regula la Ley 33/88 de 10 de noviembre de Marcas está concebido bajo una doble filosofía: la protección del comerciante y la tutela de los derechos del consumidor. Lo primero mediante mecanismos que aseguren el uso exclusivo y excluyente de los signos distintivos de la empresa o el comercio y ala vez eviten que otro comerciante se cobije a la sombra de un signo acreditado para promocionar su propio comercio mediante técnicas de aproximación o parecido. Lo segundo, y consecuencia de lo anterior, para que el potencial consumidor conozca sin necesidad de complicadas averiguaciones que adquiere lo que realmente quiere tener y del comerciante o empresario cuyo producto busca. Para conseguir estos fines se configura el signo distintivo como un verdadero "mensaje", dirigido al potencial cliente y de ahí que no puedan formularse axiomas o grandes...

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