STSJ Comunidad de Madrid , 10 de Noviembre de 2000

PonenteRAMON CUETO PEREZ
ECLIES:TSJM:2000:13491
Número de Recurso2008/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso n°. 2008/96 Ponente Sr. Ramón Cueto Pérez Recurrente: Proc. Sr. Rodríguez Montaut (32459)

Abogado del Estado (Se notifica)

Secretaria: Dª. Mª Teresa Barril Roche TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SENTENCIA Núm 1055 ILTMO. SR. PRESIDENTE D. Gustavo Lescure Ceñal ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS D. Ramón Cueto Pérez D. Silverio Nieto Núñez En Madrid, a diez de Noviembre del año dos mil. Visto el recurso contencioso administrativo que ha correspondido a esta Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con el número arriba referenciado, interpuesto por la mercantil DUMESTE, S. A., representada por el Procurador de los Tribunales D. Rafael Rodríguez Montaut, asistido de Letrado, contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fechas 15 de septiembre de 1995 y 12 de Abril de 1996, por la que se denegó el acceso a registro a la marca internacional "STEINFLEX" número 618.951, para la clase 17ª del nomenclátor internacional, y en el que la Administración demandada ha estado representada y defendida por la Abogacía del Estado. Siendo la cuantía del recurso indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO

UNO.- La antedicha parte actora, promovió el presente recurso jurisdiccional contra las resoluciones reseñadas, formulando demanda en súplica de sentencia anulatoria de las mismas, con apoyo en los hechos y razonamientos jurídicos contenidos en su correspondiente escrito de formalización de su recurso.

DOS.- Por el Abogado del Estado, se contestó oportunamente la demanda de contrario, oponiéndose a ella y solicitando, tras las alegaciones que estimó convenientes, la desestimación del recurso y la confirmación de las resoluciones impugnadas.

TRES.- Seguido el proceso por los cauces legales, y no entendiendo la Sala necesaria la celebración de vista pública, se emplazó a las partes litigantes para que formularan sus respectivos escritos de conclusiones, lo que llevaron a efecto ratificándose en sus anteriores manifestaciones y pretensiones, con lo que finalmente se señaló fecha para la votación y Fallo del recurso que tuvo lugar el día 8 de Noviembre del año 2000.

Siendo Ponente D. Ramón Cueto Pérez, Magistrado de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Son objeto del presente recurso las resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 15 de septiembre de 1995 y de 12 de abril de 1996, desestimatoria esta última del recurso ordinario interpuesto contra la anterior, en virtud de las cuales se denegó el acceso a registro de la marca internacional "STEINFLEX" número 618.951, clase 17ª del nomenclátor, de la titularidad de la aquí actora, entidad Dumeste, S. A., siendo la causa de la prohibición de protección la evidente similitud entre aquella marca y la denominada "STENFLEX", número 578.287, que incide en cuanto dispone el art. 12.1 de la Ley de Marcas 32/1988, de 10 de Noviembre .

SEGUNDO

Alega -en síntesis- la demandante que aunque el distintivo de su titularidad denegado y la marca internacional "STENFLEX" número 578.287 son idénticos de hecho no cabe la posibilidad de que la convivencia de estas marcas en el tráfico económico de lugar a posible confusión o a supuestos de indebida asociación puesto que distinguen productos perfectamente diferenciados y, por ello, en virtud del principio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ Canarias 4630, 14 de Noviembre de 2005
    • España
    • 14 Noviembre 2005
    ...202.2 LPL , criterio legal claro que ha sido confirmado por la doctrina jurisprudencial (STS 4-10-02) y ordinaria (STSJ Madrid de 11-9-03 y 10-11-00), con lo que queda expedito el camino para reconsiderar la conducta patronal y su valoración a estos La segunda cuestión a examinar consiste e......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR